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 #157139  por celine99077
 
HOLA TENGO MI CLIENTE QUE COMPRO HACE MAS DE 20 AÑOS UN TERRENO PARA HACER UNA QUINTA. COMENZO A EDIFICARLO PERO LUEGO LO DEJO SIN EFECTO POR LO CUAL NUNCA VIVIO ALLI. LA CUESTION ES QUE POSEE UN BOLETO DE COMPRA VENTA FIRMADO POR LA EMPRESA VENDEDORA EN ESE MOMENTO QUE YA NO ESXITE Y TAMBIEN LOS COMPROBANTES DE PAGO A LA ESCRIBANIA FINANCIERA QUE INTERVINO EN EL NEGOCIO QUE TAMBIEN YA NO EXISTE. LA CUESTION ES HACER JUICIO POR ESCRITURACION, AUN EL SIN ESTAR VIVIENDO ALLI, PERO TENIENDO TODOS LOS PAPELES O UNA USUCAPIO. MUCHAS GRACIAS

 #157159  por doctoreduardo
 
Ya mencionaste las dos respuestas posibles. Evaluá los documentos y en base a ello tomá la decisión.

Suerte

 #158402  por mariamarina
 
la acción de escrituración no prescribe a los diez años?

 #158547  por Dr Rop
 
Te recomiendo hacer USUCAPION, ya que esta prescripta la obligación de escriturar, y te pueden oponer esto y listo. directamente inicia USUCAPION

 #158566  por Sailaw
 
Doctor Rop. la acción de escrituración no prescribe si es que se tiene la posesión del inmueble, es imprescriptible mientras dure esa situación.

 #159046  por Dr Rop
 
Sailaw: es así como Ud. dice, perdón yo pense que no tenia la posesión.

Entonces SI!! TENES QUE HACER EL JUICIO POR ESCRITURACION

 #159202  por MORGAN
 
Como dice Doctoreduardo primero fijate que contiene el boleto de compra venta sino hacé la usucapión y listo.

 #159788  por alexander
 
juicio de usucapion es la mejor opcion
 #160302  por leopoldo
 
disculpen. Tiene o no tiene la posesion efectiva? Porque no me queda claro.
si la tiene que inicie escrituracion, caso contrario usucapion.

 #160456  por celine99077
 
mi duda puntual es que de iniciar usucapion, no puedo demostrar que el vive alli, ya que solo tiene los cimientos de la casa o quinta que en su momento iba a edificar. Y para hacer una escrituracion no vence el boleto solo si la persona se encuentra viviendo alli no ? que este no es el caso. o no hace falta que viva alli, solo con los documentos de pagos de las cuotas del precio pacatado en el boleto, el boleto de compra venta, y los impuestos pagos ya puedo pedir la escrituracion o la usucapion. La verdad es que me deja duda la cuestion

 #160480  por karadagian
 
posesión: corpus y animus. Poder de hecho sobre la cosa, es decir, señorio meterial sobre el bien y actuar sobre este con ánimo de dueño sin reconocer en otro un derecho superior. No es necesario vivir en el lugar o estar permanentemente en él (sino perderiamos la posesión de nuestra casa cada vez que vamos a comprar un kilo de tomates :lol: ). Y con respecto la prescripción del boleto, como ya se ha dicho en varios posts, no opera si se ha mantenido la posesión.
Por lo que leo en el 1° mensaje, iria por la escrituración, por una cuestión de costos.
Saludos