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  • Falsificacion de firma en la venta de automotor

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 #156079  por poseidon846
 
Hola gente...es mi primer consulta al foro y agradeceria respuesta.

El tema es el siguiente.
Estoy por iniciar una demanda de liquidacion de sociedad conyugal (fuero familia) . Mi cliente me trae la noticia de que se enteró que su ex esposa (hubo sentencia de divorcio) vendio cuatro vehiculos automotores durante su separacion de hecho, con la correspondiente transferencia. Mi cliente si bien figuró como titular de dichos automotores, nunca firmó transferencia alguna.
Mis preguntas son las siguientes: 1- ¿de que manera conviene iniciar la accion penal y en calidad de que ? Es decir, ¿ como denunciante, querellante o civil damnificado? ya que se ve disminuida su masa de bienes gananciales y él nunca firmó transferencia alguna. En esta movida parece que tambien a intervenido Escribano Publico certificando las firmas.
2- ¿conviene iniciar conforme art 292 CP(falsificacion de documentos )?
3- ¿ Inicia por denuncia ante el Ministerio Fiscal?
Espero haber sido claro.
Desde ya muchas gracias.

 #156892  por Dr_Altf424
 
Hola, en primer término, antes de elaborarte una humilde respuesta, necesito que publiques con que pruebas cuentas respecto del hecho delictivo puntualmente.

 #157225  por Pandilla
 
Hola poseidon846, y esos autos ¿estaban declarados en el proceso de divorcio...?, ¿eran parte de los bienes gananciales...?.
Por el lado penal, tiene que estar en condiciones de poder probar que esos autos existían, (con sus papeles en orden), que al momento de la separación de hecho estaban en tal o cual lugar, (un garage, playa de estacionamiento, testigos que conocieran los autos, etcétera).
En cuanto al tipo penal, se podría plantear lo de la falsificación de firma y demás, pero, como en aquél momento estas personas, para la ley, aún eran un matrimonio, hay que estar en condiciones de poder probar la afectación a los intereses de su cliente, (recuerde aquello de la prohibición al esposo de denunciar a la esposa y viceversa).
Igual, espere otras opiniones.

Saludos.

 #157539  por poseidon846
 
Dr_Altf424 escribió:Hola, en primer término, antes de elaborarte una humilde respuesta, necesito que publiques con que pruebas cuentas respecto del hecho delictivo puntualmente.
Hola Dr_Altf424. Ante todo gracias por interesarte. Te comento que en la primer audiencia de divorcio, ambas partes manifestaron que estaban separados de hecho hace mas de 13 años, que la esposa era la que habitaba en la propiedad de la sociedad conyugal, lo cual quedo en actas. En dicha audiencia, como tambien en la demanda se denunciaron los vehiculos en cuestion, a lo cual la mujer respondio que los habia tirado, regalado, etc., Asimismo he solicitado a V.S. (Juz. Civil) que intimase a la demandada (la esposa) para que rinda cuentas sobre dichos bienes. Lo cual se ha diferido para la etapa oportuna de liquidacion de la soc. conyugal.
Te cuento que en esta semana voy a tener un informe del Registro Automtor , respecto a dichas transferencias(vendedores. compradores y escribano interviniente que ha intervenido. dudo que haya sido directamente en el Registro, ya que mi cliente nunca firmó.
Por otro lado mi cliente cuenta con dos cedulas verdes.
Testigos, solo cuento respecto a las compras de los vehiculos, no respecto a las ventas.
Si bien la sentencia de divorcio es retroactiva al momento del inicio de la demanda, quiero hacer valer la confesion respecto al lapso de la separacion de hecho(13 años atras).
Espero haberte hecho un panorama concreto de la situacion. Gracias.

 #157545  por poseidon846
 
Pandilla escribió:Hola poseidon846, y esos autos ¿estaban declarados en el proceso de divorcio...?, ¿eran parte de los bienes gananciales...?.
Por el lado penal, tiene que estar en condiciones de poder probar que esos autos existían, (con sus papeles en orden), que al momento de la separación de hecho estaban en tal o cual lugar, (un garage, playa de estacionamiento, testigos que conocieran los autos, etcétera).
En cuanto al tipo penal, se podría plantear lo de la falsificación de firma y demás, pero, como en aquél momento estas personas, para la ley, aún eran un matrimonio, hay que estar en condiciones de poder probar la afectación a los intereses de su cliente, (recuerde aquello de la prohibición al esposo de denunciar a la esposa y viceversa).
Igual, espere otras opiniones.

Saludos.
Hola Pandilla. Gracias por interesarse en el tema. Le cuento que los autos estaban declarados en la demanda de divorcio,. Los autos existian y prueba de ello es que mi cliente conserva aun dos cedulas verdes. El resto quedó en la casa que habita hasta el presente la mujer. Los vehiculos estaban en la casa. Mi cliente es mecanico y se dedicaba a coleccionar automoviles. Concuerdo con lo que dice Ud., que para la ley eran matrimonio, pero tambien la ex esposa manifestó en la audiencia de divorcio que hacia mas de 13 años que estaban separados y que ella era la que habitaba la casa, junto a los vehiculos, obviamente hasta que los regalo, tiró, etc. (segun sus dichos). Considero poder probar la afectacion de mi cliente ya que la suma de los vehiculos hacen una buena cuantia $$$. Respecto a la prohibicion de denunciar al conyuge, lo tengo presente, pero tambien quiero hacer valer que estuvieron separados por mas de 13 años. Gracias nuevamente.

 #157613  por Pandilla
 
Si, digamos que, en la actualidad, una separación de hecho que ya lleva 13 años corridos y continuos, casí que se la podría considerar como un divorcio decretado por el paso del tiempo, al cual restaría sólo formalizarlo vía sentencia judicial. ¿Podría ocurrir algo similar con las cosas, y el conjunto de los bienes, o sea con el patrimonio....?. La esposa, podría decir: "el se fue hace 13 años, por la opreración del paso del tiempo, todo lo que estaba o esta en la casa, ya era o es todo mío", y agregar "¿desde cuándo se considera que estamos divorciados......?, ¿hace 10 años, hace 5 años, hace 12 años y 364 días.....?, bueno, desde ese momento, todo paso a ser mío". Patrimonio y Divorcio, ¿son los mismos temas, o tienen su vía propia?.
Por otro lado, si no mal recuerdo, hace no mucho tiempo, se dió a conocimiento un fallo que refería a esos temas, (separación de hecho que, por el paso del tiempo, se transforma en un divorcio de hecho).
En cuanto a la investigación del historial de los autos, coincido, va a resultar muy útil como elemento probatorio, (si los regalo, igual no eran de su total propiedad, pero, podría alegar que ignoraba su valor).

Saludos.

 #158376  por poseidon846
 
Pandilla escribió:Si, digamos que, en la actualidad, una separación de hecho que ya lleva 13 años corridos y continuos, casí que se la podría considerar como un divorcio decretado por el paso del tiempo, al cual restaría sólo formalizarlo vía sentencia judicial. ¿Podría ocurrir algo similar con las cosas, y el conjunto de los bienes, o sea con el patrimonio....?. La esposa, podría decir: "el se fue hace 13 años, por la opreración del paso del tiempo, todo lo que estaba o esta en la casa, ya era o es todo mío", y agregar "¿desde cuándo se considera que estamos divorciados......?, ¿hace 10 años, hace 5 años, hace 12 años y 364 días.....?, bueno, desde ese momento, todo paso a ser mío". Patrimonio y Divorcio, ¿son los mismos temas, o tienen su vía propia?.
Por otro lado, si no mal recuerdo, hace no mucho tiempo, se dió a conocimiento un fallo que refería a esos temas, (separación de hecho que, por el paso del tiempo, se transforma en un divorcio de hecho).
En cuanto a la investigación del historial de los autos, coincido, va a resultar muy útil como elemento probatorio, (si los regalo, igual no eran de su total propiedad, pero, podría alegar que ignoraba su valor).

Saludos.
Hola: Le comento que la sentencia dice: "... toda vez que las partes se encuentran separadas desde el dia 20 de febrero de 1995...(sic)". Por otro lado nunca hubo acuerdo respecto a la liquidacion de la sociedad conyugal , y es por ello que lo solcitamos en la demanda de divorcio (denunciando todos los bienes gananciales). Por otro lado he averiguado que la Sra. tiene actualmente un comercio, asimismo me hice de una factura a su nombre. Esto se contrapone a lo que manifestó en la audiencia de divorcio, cuando se presentó como una pobre jubilada. Quizas este ultimo punto de por tierra ignorancia de valores. Divorcio y Patrimonio tramitan en mismo juzgado pero, por expediente separado. Lo que sí, ya que mi cliente tenia la sospecha , hemos denunciado dichos bienes en la demanda de divorcio, y solicitamos que rinda cuentas. Asimismo , el juzgado ( en el divorcio )ordenó acompañar tasacion de la propiedad inmueble. Mi cliente la acompñó y la otra parte no. Por lo que veo, la demandada muestra mucha retisencia respecto de los bienes. Noticia de ultimo momento , me entero que la damandada no vive en la propiedad ganancial , sino que alquila en otro lado, por lo cual estoy pensando en enviar una carta con aviso de retorno a nombre de ella, y ver que sale. Acepto opinion. Gracias .