Hola gente...es mi primer consulta al foro y agradeceria respuesta.
El tema es el siguiente.
Estoy por iniciar una demanda de liquidacion de sociedad conyugal (fuero familia) . Mi cliente me trae la noticia de que se enteró que su ex esposa (hubo sentencia de divorcio) vendio cuatro vehiculos automotores durante su separacion de hecho, con la correspondiente transferencia. Mi cliente si bien figuró como titular de dichos automotores, nunca firmó transferencia alguna.
Mis preguntas son las siguientes: 1- ¿de que manera conviene iniciar la accion penal y en calidad de que ? Es decir, ¿ como denunciante, querellante o civil damnificado? ya que se ve disminuida su masa de bienes gananciales y él nunca firmó transferencia alguna. En esta movida parece que tambien a intervenido Escribano Publico certificando las firmas.
2- ¿conviene iniciar conforme art 292 CP(falsificacion de documentos )?
3- ¿ Inicia por denuncia ante el Ministerio Fiscal?
Espero haber sido claro.
Desde ya muchas gracias.
El tema es el siguiente.
Estoy por iniciar una demanda de liquidacion de sociedad conyugal (fuero familia) . Mi cliente me trae la noticia de que se enteró que su ex esposa (hubo sentencia de divorcio) vendio cuatro vehiculos automotores durante su separacion de hecho, con la correspondiente transferencia. Mi cliente si bien figuró como titular de dichos automotores, nunca firmó transferencia alguna.
Mis preguntas son las siguientes: 1- ¿de que manera conviene iniciar la accion penal y en calidad de que ? Es decir, ¿ como denunciante, querellante o civil damnificado? ya que se ve disminuida su masa de bienes gananciales y él nunca firmó transferencia alguna. En esta movida parece que tambien a intervenido Escribano Publico certificando las firmas.
2- ¿conviene iniciar conforme art 292 CP(falsificacion de documentos )?
3- ¿ Inicia por denuncia ante el Ministerio Fiscal?
Espero haber sido claro.
Desde ya muchas gracias.