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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #156819  por sc
 
Necesito ayuda...quizá sea una pregunta tonta... pero son mis primeros casos laborales, sepan disculparme!....el tema es así...le hice una liquidación a una persona que fue despedido y que en el transcurso de la semana tiene que reunirse con su empleador, en atención a lo que me comentó la empresa tiene una politica determinada, si le gusta la liq. bien, y sino a juicio...mi pregunta es la siguiente, conviene tomar la liq. ? y luego en todo caso intimarlo por las diferencias?
Gracias!!!

 #156825  por DAL
 
Exacto, que cobre lo que le paguen y luego reclamás el resto adeudado.

Art. 260. —Pago insuficiente.

El pago insuficiente de obligaciones originadas en las relaciones laborales efectuado por un empleador será considerado como entrega a cuenta del total adeudado, aunque se reciba sin reservas, y quedará expedita al trabajador la acción para reclamar el pago de la diferencia que correspondiere, por todo el tiempo de la prescripción.

Eso sí, esto es valido si firma un recibo, no así si firma un convenio laboral en tribunales, Seclo o Ministerio. Ahí se aplica el 15, y puede quedar bien cerrado el tema de reclamar diferencias.

Saludos!!!!

 #156915  por sc
 
clarísimo....muchas gracias!
Una nueva duda: y si le hacen firmar algún escrito en donde diga que nada mas tiene que reclamar...sin presentarlo en tribunales/ SECLO?

 #156998  por javierhs
 
Aún si hubiera un acuerdo homologado, el trabajador no puede renunciar a derechos adquiridos.

Por ejemplo: lo despiden sin causa, la liquidación final dá $10000, y homologan un acuerdo por el que le pagan $5000 y renuncia al resto, bien puede el trabajador reclamar la diferencia basándose en la irrenunciabilidad de los derechos del trabajador.

Distinto es el caso si los derechos renunciados eran litigiosos. Ahí sí el acuerdo homologado cierra la puerta a cualquier reclamo.

Espero me corrijan si estoy equivocado.

 #157033  por DAL
 
En mi jurisdicción ningun papel firmado es válido.
Pero asegurate porque a la gente de BsAs "la leo" diciendo que firman los convenios y los presentan a homologar luego. Yo no puedo hacer esto, salvo un solo caso (241 en escribanía) pero no en el resto.

 #157148  por sc
 
Ayuda...mi cliente me acaba de llamar que esta reunido y solo le quieren pagar el 70%, le dijeron que algo van a firmar....sencillamente lo estan apretando, yo le dije que lo agarre y que despues intimamos por las dif., esta bien? que opinan? es en capital...que pasa si lo presentan en el seclo

 #157212  por DAL
 
Anda vos con él el día del pago, asi te aseguras que no renuncie a ningun derecho.

 #157230  por MORGAN
 
Yo no cobraría nada, lo intimaría al pago de la indemnización y le inicio el cobro.

 #157298  por Selma
 
MORGAN escribió:Yo no cobraría nada, lo intimaría al pago de la indemnización y le inicio el cobro.
Anda a decirle a un cliente que no agarre mirando los billetitos sobre la mesa...y despedido como esta sin un peso... :lol: :lol: :lol:

Que agarre, pero yo lo acompañaria...ya veo que le hacen firmar algo en blanco o sin completar todo, y despues lo llenan a su gusto... :?

Yo lo acompañaria y veria que firme por las sumas y conceptos que realmente le abonan puestas en letras y números...total despues haces el reclamo por la diferencia... :wink: