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  • Prescripcion de Aguas Argentinas Residual

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 #157424  por elisan
 
A todos Mis Colegas del Foro:

Me pueden ayudar con una deuda muy importante que necesito prescribir , puedo hacerlo ? como? algun modelito por alli que puedan facilitarme ? GRACIAS!!!!!!!!

 #157448  por ramblernauta
 
Modelito? de que?
Seguramente podemos ayudarte, pero aporta más datos.
 #157472  por elisan
 
Gracias por responderme, pero voy a ser mas especifica, asi me doy a entender.

Tengo un cliente que tiene una deuda muy importante ( onerosa = + de $ 40.000.-) sobre un inmueble en Pcia Bs As, el cual lo llevo a estar inhibido.

Esto ya se resolvio, pero hay deuda de año 89 en adelante que desea prescribir. Quiere vender y obvio debe liberar esa deuda, o abonarla.

Por ello necesito si pueden pasarme un modelo para ser presentado via administrativa, se que en otros casos de la zona fue viable.
Gracias!!!!!
 #157473  por elisan
 
Gracias por responderme, pero voy a ser mas especifica, asi me doy a entender.

Tengo un cliente que tiene una deuda muy importante ( onerosa = + de $ 40.000.-) sobre un inmueble en Pcia Bs As, el cual lo llevo a estar inhibido.

Esto ya se resolvio, pero hay deuda de año 89 en adelante que desea prescribir. Quiere vender y obvio debe liberar esa deuda, o abonarla.

Por ello necesito si pueden pasarme un modelo para ser presentado via administrativa, se que en otros casos de la zona fue viable.
Gracias!!!!!

 #157474  por elisan
 
IMPORTANTISIMO : La deuda es de Aguas Argentinas Residual.

 #157569  por ramblernauta
 
Aguas Argentina (AASA) comenzó a operar en 1992, así que una deuda de 1989 no puede ser de AASA.
A la obligación de pagar mensualmente o bimestralmente el servicio que brindaba AASA le corresponde un plazo de prescripción de cinco años.
Tene en cuenta que el cómputo del plazo de prescripción puede suspenderse o interrumpirse.
Si decís que el deudor esta inhibido por esta obligación, debe estarlo en el marco de un proceso de ejecución iniciado por AASA. Ese probable juicio interrumpe el plazo de la prescripción. Si es que tiene sentencia el plazo de prescripción de la misma será de 10 años y se puede interrumpir con cualquier movimiento en que la actora demuestre el interés por el crédito.
Así las cosas tenes que averiguar: Fecha de vencimiento de las facturas impagas, averiguar si es que AASA acciono y en tal caso si hay sentencia. Si no hay sentencia y están dadas las condiciones, hay que pedir la caducidad.
Con esos datos estarás en condiciones de saber si realmente se cumplió el plazo de la prescripción liberatoria.
Si todo esta ok, presentas un escrito pidiendo se declare la prescripción de los periodos tal y tal.