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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #159630  por Marielp
 
Hola ! Queria hacerles una consulta : Un empleado que trabajo en negro para una persona que se dedicaba a la plomeria , gasista, colocacion de marmol y ceramicos , colocaciones de bañeras , distribucion agua caliente y fria , durlock , algo de albañileria (muy poco , solo revoque fino) , hacian algunas refacciones porque me conto que se hacian algunas demoliciones, pero poco . Casi todos los trabajos lo eran para consorcios , asi que eran trabajos chicos . No lo eran en obras nuevas.
Por lo tanto, no se si encuadrarlo dentro del Estatuto de la Construccion , o si existe otro convenio (ojala asi sea porque me parece que la LCT es mas beneficiosa que la ley 22250) -

Que opinan ustedes ? Podre encuadralo en otro Convenio , tienen alguna idea ? Ayuda porfis , tengo que hacer el primer telegrama intimando todo . Un abrazo .

 #159807  por SALINASPAU
 
No te queda mas remedio que la Construccion, Ley 22.250 y el CCT de la Construccion, por los adicionales. Suerte

 #160055  por esdrujulos
 
Opino que el encuadre gremail deberia ser por Uocra

 #160125  por Marielp
 
Mil gracias por responder . Sí, estuve investigando un poco mas sobre este regimen especial y si , tienen razon es la construccion nomas . Un abrazo a todos !