Hola a todos!!!!!!!!!!!!!
Vino una Sra a consultarme sobre que derechos tiene como modista a domicilio. El caso es asi: La sra es modista y cose para una casa de ropa, que en principio deberia pagarle contra entrega del trabajo realizado, pero no lo hacen asi es que ahora le deben mucho dinero.
La sra retira el trabajo del local, lo lleva a su casa lo cose y lo vuelve a llevar al local para que la clienta del local se lo pruebe, luego la modista se lo vuelve a llevar y lo termina, luego lo entrega al local definitivamente y queda a la espera del pago. Por supuesto todo es en negroo . La modista es propietaria de las maquinas de coser y no tiene empleados.
Para mi seria una locacion de obra muy atipica porque el precio del trabajo a realizar lo pone la dueña del local, no la modista. Sin embargo no seria una relacion de trabajo enmarcada en la LCT.
Que opinan? por favor ayuda
Desde ya gracias
AIDA
Vino una Sra a consultarme sobre que derechos tiene como modista a domicilio. El caso es asi: La sra es modista y cose para una casa de ropa, que en principio deberia pagarle contra entrega del trabajo realizado, pero no lo hacen asi es que ahora le deben mucho dinero.
La sra retira el trabajo del local, lo lleva a su casa lo cose y lo vuelve a llevar al local para que la clienta del local se lo pruebe, luego la modista se lo vuelve a llevar y lo termina, luego lo entrega al local definitivamente y queda a la espera del pago. Por supuesto todo es en negroo . La modista es propietaria de las maquinas de coser y no tiene empleados.
Para mi seria una locacion de obra muy atipica porque el precio del trabajo a realizar lo pone la dueña del local, no la modista. Sin embargo no seria una relacion de trabajo enmarcada en la LCT.
Que opinan? por favor ayuda
Desde ya gracias
AIDA