Cuando se reclaman horas extras es el trabajador quien debe aportar los elementos de prueba que acrediten que las realizó. Vos podés establecer un total de horas extras adeudadas, y luego indicar cuáles son los elementos de prueba que te llevan a reclamar esa x cantidad de horas. No se si tendrás copias de las tarjetas de reloj, o las probaras por testigos. Ahora bien, si todos los días tu cliente hacía una hora extra, no necesitas hacer mención día por día. En los escritos judiciales hay amplias posibilidades de redacción, pero siempre es importante tener en cuenta cómo vas a acreditar los extremos que afirmas. Si queres incluir un cuadro con el día a día, mostrando cuántas horas realizó en el mes o en el año, tampoco va a estar de más. Mi criterio siempre es: lo que abunda no daña.