Hola a todos:
En Julio de 2007, envié CD a mi Empleador, Empresa y AFIP, debido a una relación laboral irregular. Me contestaron con CD desconociendo tal relación, por lo que me consideré despedido...
Hize la carta poder a mi Abogado, para que envíe la demanda.
Mi Abogado me ha dicho que mi Empleador la había recibido (según le informaron de palabra en el juzgado de Morón, porque aún el expediente está adentro, es decir, fuera de la letra, no se puede ver) y que tenía 10 días habiles para contestarla.
Tambien me dijo que la Demanda o Cédula dirigida a la Empresa, estaba mal dirigida por el Juzgado, por lo que éste debía reenviarla.
En el juzgado de Morón (bs as) me han dicho que mi expediente está en el sistema.
Mis preguntas ante todo esto son:
¿Ya debería haber tenido alguna respuesta de la otra parte?
¿Conciliación?
¿Tanta demora lleva este tipo de juicio laboral?
¿El juzgado tiene un determinado tiempo para hacer los envíos o reenvíos de Cédulas?
Pasado determinado tiempo, ¿puede llegar a prescribir la causa?
Por favor orientenme, para saber los pasos a seguir.
Muchas gracias.
Saludos a todos.
Fernando.
En Julio de 2007, envié CD a mi Empleador, Empresa y AFIP, debido a una relación laboral irregular. Me contestaron con CD desconociendo tal relación, por lo que me consideré despedido...
Hize la carta poder a mi Abogado, para que envíe la demanda.
Mi Abogado me ha dicho que mi Empleador la había recibido (según le informaron de palabra en el juzgado de Morón, porque aún el expediente está adentro, es decir, fuera de la letra, no se puede ver) y que tenía 10 días habiles para contestarla.
Tambien me dijo que la Demanda o Cédula dirigida a la Empresa, estaba mal dirigida por el Juzgado, por lo que éste debía reenviarla.
En el juzgado de Morón (bs as) me han dicho que mi expediente está en el sistema.
Mis preguntas ante todo esto son:
¿Ya debería haber tenido alguna respuesta de la otra parte?
¿Conciliación?
¿Tanta demora lleva este tipo de juicio laboral?
¿El juzgado tiene un determinado tiempo para hacer los envíos o reenvíos de Cédulas?
Pasado determinado tiempo, ¿puede llegar a prescribir la causa?
Por favor orientenme, para saber los pasos a seguir.
Muchas gracias.
Saludos a todos.
Fernando.