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  • Seguro de Vida Colectivo y Accidente Laboral

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 #161689  por Mario_
 
Hola les queria hacer una consulta, un cliente tuvo un accidente en dic/2007, no lo denuncio ni el ni el empleador a la ART, a los diez días lo internan y le sale un problema en los riñones (el ya era enfermo de los riñones).
a) el accidente lo reclamo a la art (el de dic).
b) por la enfermedad quiere reclamar al seguro de vida(Enfermedad Crítica), por que le ha quedado una incapacidad del 55% (si bien el piensa que el disparador de su agravamiento fue el accidente lo creo muy dificíl de probar)

Mi pregunta es creen que estoy bien orientado o no? Gracias

 #161784  por FRANSIXTO
 
HAY UN SEGURO DE VIDA OBLIGATORIO DEC LEY 1567/74. CREO QUE HOY DIA ES DE $ 7800. COBRAN LOS DESIGNADOS BENEFICIARIOS POR EL CAUSANTE. SI NO DESIGNO TENES Q ABRIR LA SUCESION, DECLARAT. DE HEREDEROS, Y OFICIO.

Y POR OTRA PARTE TENES Q VER Q CCT TENIA. LOS EMPLEADOS DE COMERCIO TIENEN UN SEGURO DE VIDA EXTRA AL DEL DECRETO. COBRAN LOS DOS. SI EL EMPLEADOR NO LO APORTO SE LO RECLAMAS EN SEDE LABORAL.-