Hola, gente espero que anden bien. necesito ayuda con esta cuestion:
Esto es una sucesion que tengo que iniciar en Pcia de Buenos Aires, tengo dos bienes inmuebles. Una viuda y tres hijos mayores. La cuestion radica en que solo desean suceder uno de estos inmuebles. y el otro dejarlo para mas adelante. del inmueble que se quiere suceder quieren que quede en cabeza de uno de los hijos herederos, para ello pense en que realicen sus hermanos en favor de el una cesion de derechos hereditarios, cediendo cada uno su porcion que heredarian del padre...pero no se como instrumentar el 50% de la madre??como se lo traspasa??? porque el caracter de la señora no es heredera por lo cual no la puedo incluir en la cesion??? , se lo cede, se lo dono, cual es la forma correcta para que no sea impugnado en el futuro por afectar porciones legitima (se entiende....)
Y la otra pregunta es: la cesion de derechos de los hermanos en favor del otro hermano se debe realizar en algun momento en particular, por ejemplo despues de la declaratoria???
Gracias Saludos Vero
Esto es una sucesion que tengo que iniciar en Pcia de Buenos Aires, tengo dos bienes inmuebles. Una viuda y tres hijos mayores. La cuestion radica en que solo desean suceder uno de estos inmuebles. y el otro dejarlo para mas adelante. del inmueble que se quiere suceder quieren que quede en cabeza de uno de los hijos herederos, para ello pense en que realicen sus hermanos en favor de el una cesion de derechos hereditarios, cediendo cada uno su porcion que heredarian del padre...pero no se como instrumentar el 50% de la madre??como se lo traspasa??? porque el caracter de la señora no es heredera por lo cual no la puedo incluir en la cesion??? , se lo cede, se lo dono, cual es la forma correcta para que no sea impugnado en el futuro por afectar porciones legitima (se entiende....)
Y la otra pregunta es: la cesion de derechos de los hermanos en favor del otro hermano se debe realizar en algun momento en particular, por ejemplo despues de la declaratoria???
Gracias Saludos Vero
