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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #161952  por Evander
 
Les cuento mi caso, luego lo que yo pienso. Espero me den consejo, para no mandarme una tontera:

Despidieron verbalmente a mi cliente. Enviamos telegrama intimando se aclare relacion laboral. No contestaron, nos dimos por despedidos. Luego contestaron diciendo que el despido había sido con justa causa, por el delito de hurto y causal perdida de confianza (existiendo prueba categorica, dicen... jaja... en fin... respecto de esto, no tengo dudas que lo gano en juicio).
Mi problema es el siguiente. Mi cliente se fue a vivir a otra provincia, me dejó poder especial para el juicio (cartapoder)
Como puedo hacer para reclamar yo en nombre del cliente el certificado de trabajo? (el poder no me faculta al respecto). Mi cliente mandó a la fabrica a un amigo, para que le completen el formulario P.S. 6.2. de Anses. Le contestaron de que no correspondía por que lo habían corrido con justa causa. Lo puedo usar como testigo, para reclamar el art. 80 LCT?
Finalmente ahora me mandan cardoc intimandome a retirar liquidación final y certificado de trabajo, bajo apercibimiento de consignar... Respecto de esto, no correspondía que le acrediten en caja de ahorro, como lo hacían con los sueldos??? Yo lo veo como una excusa... puedo demandar nomás? Puedo reclamar art. 80 LCT por la negativa a llenar P.S.6.2 al amigo? Que harían uds.? Gracias desde ya!

 #161969  por DAL
 
Mira si no va, se lo van a consignar.
El certificado lo tienen que hacer sí o si, sea cual sea la causa del despido.
Yo aconsejo a las empresas no depositar la indemnización ya que el empleado no le firma el recibo y acá la Secretaría de Trabajo, porque son "tontos" nos aplican multas si los recibos no están firmados, aunque se acredite por otro medio el pago, esto por cuestiones nuestras de Rosario.

Si tu cliente se hace el viaje para ir a cobrar, yo aprovecharía a ir con escribano, porque existe el riesgo cierto que no este la plata, no este toda, o no estén los certificados completos (fijate que el 80 además del PS2 te manda a entregar otro con calificación profesional, y además constancia documentada del ingreso efectivo del aporte).
Vayan preparados!!!!
Los reclamos los puede hacer por TLC tu cliente desde donde este, mandale la carta por mail y listo.

Saludos!!!!

 #161993  por Evander
 
Muchas gracias DAL, tenés razón en lo que me decís. Lo voy a tener que hacer venir nomás al cliente, e iré con escribano. Muchas gracias por tus siempre acertados consejos! (mal la secre de trabajo de rosario... coincido con vos). Saludos!