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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #161577  por Nabucodonosor
 
LES COMENTO QUE ME LLEGO UN CLIENTE (EMPLEADOR?) CON UN CASO LABORAL.

MI CLIENTE ES ALBAÑIL, GENERALMENTE TRABAJA SOLO. SIN EMBARGO, EN DOS OBRAS LLAMO UN CHICO PARA QUE LO AYUDARA.
LE PAGABA $400 POR SEMANA.-
EL CHICO TRABAJO SOLO 4 MESES, 7 HORAS POR DIA.-
NO TIENE LIBRETA, NI ESTA REGISTRADO.-

VIENE MI CLIENTE DIRECTAMENTE CON LA DEMANDA (NO CONTESTO LOS TELEGRAMAS, RECIBIO SOLO UNO. LOS OTROS SE NEGO A RECIBIRLOS).

LO DEMANDAN POR 40.000 PESOS.-
RECLAMAN MULTAS LEY 22250, ART 8 Y 15 LEY 24.013, ART. 45 LEY 25.345, Y LEY 25.561, ASIGNACIONES FLIARES, ETC.-
DICEN QUE TRABAJABA 11 HORAS DIARIAS.-

POR LO QUE VI LA DEMANDA ESTA BIEN HECHA (EL ESTUDIO SE ESPECIALIZA EN DER. LABORAL).



QUE DEFENSA ME CONVIENE ADOPTAR?
NIEGO TODO? DIGO QUE NO EXISTE RELACION LABORAL (MI CLIENTE NO ESTA REGISTRADO EN AFIP)?

DESDE YA GRACIAS. SALUDOS.-

 #161687  por MORGAN
 
$40.000.-? que antiguedad dicen que tenía y que pruebas ofrecen, sobre todo testigos, cuantos?; que edad tiene el reclamante?; tiene algo para perder tu cliente?; A quién o donde se realizaba el trabajo?; Cuando dicen que se rompió la relación laboral?; Y a vos que te parece, por supuesto que tenés que desconocer que era empleado de tu cliente, sino que empiece a juntar plata. Aclará algo de lo que te pregunté y vemos.

 #162059  por Nabucodonosor
 
OK. GRACIAS POR RESPONDER.-

-DICEN QUE TRABAJO 4 MESES.
-MI CLIENTE NO TIENE BIENES A SU NOMBRE.
-EL TRABAJO SE REALIZABA EN UNA OBRA EN LAS AFUERAS DE LA CIUDAD.
-PRUEBAS OFRECEN 5 TESTIGOS (SON CONOCIDOS DE MI CLIENTE, PUEDEN DECLARAR RELATIVAMENTE A MI FAVOR) PERICIAL CONTABLE, E INFORMATIVA AL CORREO, AFIP Y UOCRA.-

 #162398  por FRANSIXTO
 
YO TUVE UN CASO ASI QUE SE CONCILIO. IBA POR EL ACTOR. LA DEMANDADA DESCONOCIA LA RELACION DE TRABAJO. DIJO QUE MI CLIENTE ERA SOCIO DEL DEMANDADO Y QUE HASTA LE PROVEIA CLIENTES PARA QUE EL EXPLOTE EL NEGOCIO...... .....
SE CONCILIO PQ NO LE IBAN A CREER NI EL TITULO DE CONTESTA DEMANDA.

 #162787  por Nabucodonosor
 
POR QUE SUMA APROXIMADAMENTE CONVIENE CONCILIAR EN ESTE CASO?

 #162844  por "doctoraZA"
 
MIRA QUIERO AGREGAR ALGO A TU COMENTARIO DE ESTE CASO, no tengo mucha experiencia pero a lo mejor te sirva; en principio a esa relacion laboral se le aplica el estatuto de la construccion, en el cual no tiene relevancia la ley Nac de empleo 24013, ni la 25561, supongo q nada mas con eso bajara mucho el monto q pretenden.-el tema es que si esta en negro es decir( no figura en el ieric) le van a aplicar las multas que prevee la 22250. por suùesto com te dijeron los colegas es un caso para conciliar, resaltando la improcedencia de las multas de le ley Nac de empleo suerte!! :wink:

 #162982  por DAL
 
Me parece una grosería lo reclamado. Debe tratarse en un 80% reclamo por diferencias salariales (horas extras, dif. convenio y demás).
Podrías poner la cuantificación de la demanda????

YO te sugeriria que plantees la pluspetición inexcusable art. 20 LCT.
Te cuento que así como se reclaman estos montos, no te extrañes que arregles por 1000 pesos!

 #163077  por MORGAN
 
DoctoraZA sí se aplica la ley 24013 a los trabajadores de la construcción.
Nabucodonosor te preguntaba, entre otras cosas, donde trabajaba, me refería a si la obra era propiedad de alguna empresa constructora, del estado, etc., para así tratar de que el reclamante corra el eje de la pretensión y vaya contra el más fuerte.

 #163217  por "doctoraZA"
 
No Morgan, no se aplica la 24013, no lo digo yo lo dice El juez candis q tiene 33 años en la justicia laboral ademas hay mucha jurisprudencia sobre el tema si tengo un tiempo te la subo, el fundamento es q en la construccion el vinculo es transitorio, entonces no rige el principio de continuidad laboral, y para el caso de estar en negro van las multas de la 22250, saludos...