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 #163161  por nuevito
 
Colegas llego por primera vez a la etapa del alegato y me surgen dudas:
Estoy tramitando el juicio en capital...
1) dictada la providencia que pone los auto para alegar, se puede pedir el expediente en prestamo?
2) Me conviene ir tomando nota de las pruebas en visitas al juzgado?
3) durante el plazo para el alegato te permiten ver el expediente?
4) cualquier otro consejito practico de utilidad... gracias!!
 #163171  por frydda77
 
nuevito escribió:Colegas llego por primera vez a la etapa del alegato y me surgen dudas:
Estoy tramitando el juicio en capital...
1) dictada la providencia que pone los auto para alegar, se puede pedir el expediente en prestamo?
2) Me conviene ir tomando nota de las pruebas en visitas al juzgado?
3) durante el plazo para el alegato te permiten ver el expediente?
4) cualquier otro consejito practico de utilidad... gracias!!
Te cuento que hace poco presentamos nuestro primer alegato en un juzgado laboral, tenia las mismas dudas que vos, por que en civil es totalmete diferente. Por eso te puedo decir que no te dan el expediente a prestamo, si te lo dejan ver, por lo menos a mi me dejaron sacar algunas copias (es mas me la sacaron en el juzgado). Y si te conviene tomar nota de la prueba que consideres. Espero que te sirva.

Saludos. Noe

 #163210  por GU
 
Como bien te dicen, no se permite retirar los expedientes para hacer el alegato.

Basicamente, lo que te conviene hacer es un cuadro con la prueba producida y hacer mencion detallada de aquella que resulta favorable para tu parte.

Asi, dividis el escrito y vas manifestando... "de la prueba documental surge claramente que...", lo mismo con cada tipo de prueba.

Respecto a las testimoniales, te conviene copiar textualmente testimonios (partes de ellos) que sean contundentes para tu postura.

Y finalmente, haces una especie de conclusion detallando porque debe prosperar (o no) la demanda.

Saludos!

 #163414  por nuevito
 
Gracias colegas!
 #187985  por nuevito
 
La ultima duda ¿El alegato se presenta con copia para traslado a la contraria? gracias!!

 #189071  por sergiosky
 
no
 #189302  por nuevito
 
Gracias Sergioski!
 #221068  por BELGRANO
 
EL PLAZO DE DIEZ DIAS PARA ALEGAR... SE CUENTA EN DIAS CORRIDOS O HABILES?