Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Costas Demandado alimentos (Recurso)

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #163304  por luca
 
Hola, a mi cliente lo demandaron por alimentos, el caso es que se separo de su mujer, a los dos dias le dio dinero y ella le firmo un recibo y a la semana se encontro con un oficio en el trabajo para que le retengan el 40% como cuota provisoria. El tema es que fuimos a audiencia y no se llego a acuerdo pero presentamos el recibo, que aunque no era mucha plata demostraba que no habia deinteres del hombre, ademas la mujer no le dio tiempo a darle mas plata. Ahora salio la sentencia fijando el mismo porcentaje y ademas la condenacion en costas. No tendrian que haber sido por su orden? Que puedo hacer?
 #163586  por SALINASPAU
 
Apelar urgente.
Respecto de los honorarios, la regla general es los paga el demandado. en alimentos, siempre. Por lo menos todos los que yo he visto. En otros temas de familia si, pueden ser por su orden. Salvo, los de regimen de visitas que por lo general se fijan a costa el demandado.
Me parece muy alto el monto, es raro. Y encima un embargo provisional por el 40 % que locura. Salvo que tenga 4 o mas.
Pero bueno, lo unico que te queda por hacer es apelar.
o, si te vencio el plazo, plantear un incidente por disminucion, tratanto de alegar mayor caudal de la madre, y que tu cliente tambien tiene que vivir, alimentarse, pagar alquiler, etc. etc.
Suerte

 #163666  por luca
 
Gracias por tu respuesta! La Sentencia me la tienen que notificar por cedula no? y ahi empieza a correr el plazo? Ante quien apelo?( ya que es un juzgado de paz) El tema de las costas en este caso, yo pense que iban por su orden porque la mujer demando siendo que el hombre si habia pagado y de hecho estaba dispuesto a pagar
 #163961  por SALINASPAU
 
Si, en realidad la cedula debe diligenciarla la otra parte. Podes ir y notificarte y te comienza a correr el plazo. La apelacion creeria que es ante el mismo juez de paz, si la aceptan la deberian enviar, o a la camara civil y comercial, (si aplican la nueva reforma) y sino a la Plata, ese es un gran problema.
Tendrias que preguntarle al foro, a ver si alguien sabe, si la ley que reformo los temas de familia, ya lo estan aplicando o no, porque se que habia sido suspendida hasta junio de este año, para la desentralizacion de los tribunales de familia.
suerte.