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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #163794  por feli07
 
Hola estimados colegas. Les comento el siguiente caso que estoy tratando de encaminar y quería saber cuál sería la mejor manera: Empleada que trabajó en un bar en desde 9/07 al 02/08 como encargada, en negro, y, cansada de promesas incumplidas de registración y de aumentos salariales, renuncia (de palabra, obvio) y manda el 18/03 el sgte TCL:"Solicito entregue certificación de servicios por período 09/07 a 14/02/08 (art. 80 LCT). Asimismo intimo pago de remuneración del mes de febrero y liquidación final." No hubo respuesta de la empleadora.

Ahora bien, me consulta en este estado de cosas y yo quisiera enderezar la situación dado que no estaba registrada para poder pedir indemnización por despido, diferencias salariales (cobraba por debajo de convenio) multas ley 25323 (24013 ya no puedo) y por art. 80 LCT, pero no se bien que si esto es posible a esta altura y con este telegrama anterior enviado. :?
Uds. que opinan? Sería viable un nuevo TCL intimando por todo esto???
Les agradezco desde ya su ayuda!!!!

 #163845  por Rafaela
 
Hola Feli!!!! Como va? Por ahí te puede servir este aporte:
El art. 57 LCT sienta una presunción en contra del empleador que no responde los telegramas laborales dentro de las 48 hs. Imaginate éste, si todavía no lo respondió. Pero eso sí, seguí el TCL por la página de Correo Argentino para asegurarte que lo recibió. Por supuesto que es viable el reclamo, hasta los dos años desde el cese ella puede reclamar rubros laborales. La falta de registración también, ya que si bien no proceden las multas de la 24.013, como bien decís, porque se debió enviar nota a la AFIP junto con aquel primer telegrama, si cabe exigir la registración por el tema de los aportes previsionales y además y fundamentalmente porque hay que hacer hincapié en esta fundamntal obligación del empleador que en teoría no puede NO registrar. Amén de que estuviera registrada o no, probando por testigos y otras yerbas el tiempo de antiguedad -por lo pronto el silencio de la empleadora es presunción de que la relación laboral existió-, es procedente el reclamo de todas las indemnizaciones de la LCT, tal como si estuviera en blanco. Y aparte fijate de reclamar también por la Ley 25.323, arts 1 y 2. El hecho de no poder reclamar por la 24.013, no impide la aplicación del art. 1 de esta ley, que es la opción cuando no mandamos nota a la AFIP ante un empleo no registrado. El art. 2 de esta ley agrava el monto indemnizatorio de diversos rubros laborales cuando el empleador obliga a iniciar acciones judiciales. Espero te sirva. Mucha suerte y un fuerte abrazo. Rafaela.-

 #163874  por feli07
 
Hola Rafaela! Muchas gracias por tu aporte. Entiendo lo que me planteás, mi duda surge porque ella de hecho "renunció" y en el primer telegrama no reclama nada por "despido" ni "registración", por eso quiero saber como podría enderezar correctamente el intercambio telegráfico. Mi idea, y siguiendo tu lineamiento, sería mandar nuevo tcl diciendo que "ante el silencio a mi anterior misiva,bla,bla,bla intimole a abonar indem x despido, preaviso, dif salariales, haberes impagos, multa ley 25323 art. 1 por no registración, ...etc"
Está bien o queda muy descolgado atento el paso del tiempo???
Otra opción sería lo mismo, pero agregando que "ante despido verbal dispuesto con fecha 02/08, intímole abone..."
Digo, porque no se como enlazar el reclamo de las indemnizaciones por despido si nunca se dió por despedida, pero tampoco puedo intimar como si la relación laboral estuviera vigente xq ella pide liq final y certificado de trabajo en su primer telegrama!!! :oops:
Quisiera corregir este intercambio telegráfico, si es que todavía estoy a tiempo...SERÁ ESTO POSIBLE???

 #164085  por feli07
 
...acepto opiniones!!! :D

 #164097  por MORGAN
 
Feli07 según lo que consignó la trabajadora en su TCL surge que el contrato de trabajo se rompió, pero creo que podés utilizar la estrategia que mencionaste, pedí te paguen indemnizaciones y demás rubros por despido.

 #164113  por Rafaela
 
Coincido totalmente con Morgan, Feli!!! No admitas la renuncia, al contrario, hablá de despido verbal, como bien ya lo ideaste. Así lográs la procedencia de todas las indemnizaciones. Es perfectamente "encaminable" y cualquier aclaración que al respecto intente el empleador, sólo logrará llevarlo al reconocimiento del vínculo y no podrá probar la renuncia de la empleada. Saludos.

 #164403  por feli07
 
Rafaela y Morgan: Muchas gracias por sus opiniones!!!Voy a intimar aduciendo despido verbal y reclamando indemnizaciones. Después les cuento como anduvo. Saludos :D

 #172899  por feli07
 
Les cuento como va el tema. Mandé TCL aduciendo el despido verbal en febrero y la no contestación al anterior TCL de marzo, reclame inde x antig, preaviso, integ mes despido, vaciones, SAC, Multa ley 25323 art. 1 y 2 y art. 80 LCT, además sueldo de Febrero y Enero 08 y diferencias salariales por convenio desde inicio. Me contestaron rechazando despido verbal, alegan que nunca recibieron el TCL de marzo, rechazan adeudar suma alguna y señalan que "sin perjuicio de negar que haya sido empleada del suscripto, el reclamo 3 meses despues es extemporáneo y demuestra extinción laboral x art. 241 LCT"
(Acá creo que se enredan solos, xq o fue empleada o no lo fue, no?)

Así las cosas, les mandé telegrama rechazando el de ellos y se negaron a recibirlo. Ahora voy a ir al Seclo, el empleador es una persona física que responde económicamente.

Mi pregunta es si creen que está bien encaminado (tengo testigos varios de la relación laboral) o se me podría presentar algun problema por el tema del tiempo en los telegramas. En que porcentaje tendría que arreglar en el Seclo, tomando en cuenta que hice una liquidación ($ 20.000 aprox) incluyendo las multas de la 25323 y art. 80. Estaría bien acordar por un 80 % de lo reclamado? Cuál podría ser mi piso en este caso?
Les agradezco opiniones ! :D

 #173237  por feli07
 
Pregunto porque nunca estoy del todo segura si hice un buen acuerdo o no, por eso quería saber porqué monto arreglarían uds este caso, como para orientarme? :?

 #173383  por Rafaela
 
Hola Feli!!!! Bueno, cuanto avanzó el tema!!!!
En mi opinión, tenes razon.... se enredan solos. Tenes muchas probabilidades de probarel vinculo, sobre todo si tenes muchos testigos. No es para nada extemporaneo el reclamo, por más que hayan pasado tres meses, vos tenes dos años para reclamar y hasta entonces estas en tu derecho y eso no se lo saca nadie a tu cliente. Acá en santa fe, en la zona donde trabajo yo por lo menos, si ien no hay seclo, un muy buen acuerdo -considerando que te ahorras juicio, laburo y tiempo de espera- lo haces en el 50% de lo debido -y en lo mejores casos-, pero ante cualquier ofrecimiento, siempr dejo que el cliente decida. En lo personal, no aconsejo arreglar por menos del 50, especialmente si tiene mi cliente mucha razon -y puede probarlo-. Toda la suerte del mundo, cualquier cosita chiflanos. Rafa.

 #173395  por BIKTOP
 
Pedí las dfcias salariales conforme CCT d los gastrónomicos, hasta los no remunerativo. espero t sirva d algo.

 #173401  por feli07
 
Rafaela: muchas gracias por tus consejos. Despues de la audiencia del Seclo les cuento como sigue todo. Gracias! :D

Biktop: te cuento que reclamo también las diferencias salariales conforme convenio gastronómicos. Gracias por la observación y por tu ayuda! Saludos, Feli07 :D