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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #16277  por TOTISIL
 
Chicos; se trata de un hombre de 65 años y 10 meses.
Nacio el 25/05/41
Esta el el Padron historico de autonomos inscripto el 02/70.
Y en afip, en datos personales le figura:
Como autonomo; desde 02/1970 hasta 12/1998
y como monotributista desde 01/99 hasta la fecha.
Tiene pagos de autonomos por 11 años y 1 mes.

LEy que aplique: 24476
Le arme la sig. sit. de revista:
SICAM 1:
Le fui comprando años, respetando las categorias de autonomos que le figuran, y los cod. de actividad, y teniendo en cuenta lo que tenia pago. Entonces le compre desde 02/1970 hasta 03/2007, y fui prescribiendo lo que no tenia pago, y me quedaron en el SICAM 1, 19 años y 0 meses.
Por el art. 3, le corresponde solo un año.

En el SICAM 2 (ampliacion de periodos) le compre:
desde 06/1959 hasta 01/1970, act. 108

Y me quedan entonces 29 años, 8 meses.

Que les parece, esta bien?
Ah, otra cosa, todo lo que prescribi lo hice con la ley 14236, es correcto?

Espero que me puedan dar una mano.
Atte.
Silvina
 #16436  por layeya
 
No me puse a sacar cuentas pero a simple vista me parecería que esta bien, la única duda es lo de la aplicación de la 14.236, acordate que está la podes aplicar solo a períodos prescriptos. Para los períodos no prescriptos y que te generan deuda (desde el 97 hasta la actualidad) tenés que usar art. 1 25.321
TOTISIL escribió:Chicos; se trata de un hombre de 65 años y 10 meses.
Nacio el 25/05/41
Esta el el Padron historico de autonomos inscripto el 02/70.
Y en afip, en datos personales le figura:
Como autonomo; desde 02/1970 hasta 12/1998
y como monotributista desde 01/99 hasta la fecha.
Tiene pagos de autonomos por 11 años y 1 mes.

LEy que aplique: 24476
Le arme la sig. sit. de revista:
SICAM 1:
Le fui comprando años, respetando las categorias de autonomos que le figuran, y los cod. de actividad, y teniendo en cuenta lo que tenia pago. Entonces le compre desde 02/1970 hasta 03/2007, y fui prescribiendo lo que no tenia pago, y me quedaron en el SICAM 1, 19 años y 0 meses.
Por el art. 3, le corresponde solo un año.

En el SICAM 2 (ampliacion de periodos) le compre:
desde 06/1959 hasta 01/1970, act. 108

Y me quedan entonces 29 años, 8 meses.

Que les parece, esta bien?
Ah, otra cosa, todo lo que prescribi lo hice con la ley 14236, es correcto?

Espero que me puedan dar una mano.
Atte.
Silvina

 #16454  por TOTISIL
 
Muchas gracias layeya por controlarme esto!. Con respecto a la 25231, no tuve que usarla, porque prescribi hasta 02/97, ya que despues tenia los pagos hechos este hombre.
Bueno, nuevamente, te agradezco mucho.
Silvina