A ver si entendí....el vendedor es el titular registral...esto es así, o no??
En todo caso, si asi es, y no encontras el boleto, trata de arreglar con el para escriturar al nombre de tu cliente directo, sin iniciar ninguna sucesión...Sería lo mas conveniente, es decir, si esta pagado todo el precio, vayan a escritura directa, y ya esta. Que se haga cargo de la escritura, lo común y corriente...Si hay problemas con el vendedor, y mira, yo no iniciaria el juicio de escrituración sin boleto, que queres que te diga...
Ahora, si el vendedor no es el titular...vale todo lo que te dije en mi post anterior y un poco mas...trata de no levantar la perdiz con que perdieron el boleto, a ver si todavía quieren hacer algo raro los dueños o compradores por boleto que luego cedieron. Si bien tenes la posesión para escudarte ante cualquier juicio, no tenes boleto que avale la misma, es decir te falta el título (ni hablar que tampoco es justo titulo, ojo con esto) que te defienda, por ejemplo, en una tercería de mejor derecho (ejemplo si al titular registral le embargan el inmueble)....Tema harto delicado
SUMMUN IUS SUMMUN INIURIA