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  • Reconocimiento de paternidad, que me conviene hacer???

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #165560  por CSBILARDO
 
El tema es así, un cliente mío a los 26 años descubre quien es su verdadero padre, al nacer fué anotado con el apellido de la madre, luego de 2 años tomó el apellido de una ex- pareja de su madre, el cual conserva hasta la actualidad, al igual que su hijo que posee 2 años, mi duda sería la siguiente: Que me conviene iniciar para que tanto mi cliente como su hijo tengan el apellido biológico, teniendo en cuenta que no hay ningún tipo de oposición por parte del padre de sangre??? una acción de filiación o con el reconocimiento ante escribano público o el registro bastará?? Es en provincia de Buenos Aires.

Desde ya muchas gracias.

 #165662  por silivan
 
Tengo entendido que con un reconocimiento del padre en el registro civil bastaría, por lo menos para cambiar su partida de nacimiento, y hacer nuevamente el D.N.I., en base a eso, van a poder modificar luego lo del hijo de tu cliente.
Espero te sirva la respuesta...

 #165833  por dies a quo
 
No...no puede ir al Registro Civil si detenta otra filiación paterna (Ver art.250 del Codigo Civil)...Hay que iniciar el juicio de impugnación de paternidad...El hijo tiene legitimación toda la vida para iniciarla...Una vez terminada e inscripta, queda con el apellido materno, entonce el padre biológico si va al Registro civil a reconocerlo, y ya esta...