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 #165836  por dies a quo
 
Estimados colegas: Vuelvo a requerir la solidaridad del foro para ver que opinan sobre la siguiente cuestión: en un juicio de ejecución de expensas, asistí al tercero que había comprado en comisión un departamento embargado x la susodicha deuda de expensas; al tener dicha calidad, no escrituró a su nombre; luego de una interlocutoria que salio a favor, mi cliente me revoco y arribo a un convenio con el Consorcio; el juez me cito por el art. 55 de LHA y ahi yo pedí regulación de honorarios y me opuse al pedido de levantamiento de embargo -pedida x la actora -esta presentación de oposición no esta proveída-, pero la regulación si esta notificada....luego de fatigarlos con todo esto, hete aquí que el embargo esta por caducar.... y aquí viene la cuestión...puedo pedir el embargo de un bien cuya titularidad esta nombre del deudor original (no del tercero comprador en comisión)....si no este último vende (caduco el embargo) sin pasar por el registro, y a mi buenas nochessss....en fin...alguien le paso esto??....si conocen de jurisprudencia a favor de embargo sin titularidad (u otra medida cautelar), por favor, les ruego que me citen.......y mil gracias si la pueden transcribir.....Gracias a todos desde ya
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SUMMUN IUS SUMMUN INIURIA

 #165913  por DAL
 
No me pasó y no tengo idea, pero te subo el post por lo menos alquien lo puede ver!!!!

 #165934  por claudiarf
 
El caso me está dando vueltas en la cabeza pero todavía no le encontré la vuelta. Pero se me ocurre, porqué no pedís que se resuelva el tema de la oposición al levantamiento atento a que tu cliente no pago y los honorarios tienen carácter alimentario

 #166055  por dies a quo
 
Gracias a ambos....lo que vos decis esta bien claudiaarf....pero el tema que levantamiento de embargo ordenado, ya deviene superfluo, porque la parte actora no lo va a reinscribir, y está por caducar...la relación con mi cliente viene jodida y excede largo contarla, por eso la obvio....para mí lo unico que se me ocurre que la deudora que vendió al tercero comprador en comisión tácitamente acepto la legitimación de este...De hecho hay una escritura donde se da cuenta de la compra en comisión que esta en el expte y por el eso el juez reconoció el jus solvendi en la interlocutoria a la que aludí....obviamente este documento no paso por el registro...Si a la deudora vendedora no le causa agravio, el tipo actualmente tiene la posesión del inmueble y en base a esto y todo lo demas....quiza pida mandamiento de constatación y embargo.....o lo intimo a que denuncie el nombre del comprador definitivo....la verdad es que estoy descolocado....xque la doctrina no se pone de acuerdo si hay mandato o no.........es un problema.....Yo tambien lo sigo pensando....Pero muchisimas gracias a los dos, de todos modos..

 #166082  por claudiarf
 
cuando se realizó la compra, tu cliente tenía algún poder, mandato, etc'??Entiendo que hay un mandato y por al art. 1946 hay responsabilidad del mandante, por lo que se podría dirigir la acción hacia él

 #166144  por dies a quo
 
No, yo dije lo del mandato...por una discusión doctrinaria que hay acerca de la figura....El tipo compró -como se dice vulgarmente- "el juicio" para quedarse con la propiedad y revender mejor...no hay mandante, ni testaferro, nada...hay solo un negro personaje que no quiere pagar honorarios...

 #166147  por claudiarf
 
y si habla´s con el abogado del consorcio. por el lado del convenio que hizo ese sujeto con el consorcio, no hay alguna vía

 #166193  por dies a quo
 
Definitivamente, no...El Consorcio no le interesa nada, ya cobró y listo...

 #166227  por gadriana
 
Hola dies...Veo evidentemente te estaquearon. A ver que podemos sacar en limpio. Pregunto a tus afirmaciones:
"asistí al tercero que había comprado en comisión un departamento embargado x la susodicha deuda de expensas"
Cuando decís asistí, ésta asistencia fue judicial (te presentaste luego de la subasta, pagaste bono e ius, etc) o lo asististe en el acto del remate, compró en comisión y reboléo el boleto??? Pareciera judicial, dado que te regularon honorarios que notificaste.
Decís que te presentaste por el que compró en comisión ergo hubo un pase de boleto y te dejaron en el medio. No me cierra tu presentación en juicio si iban a pasar de mano el boleto, menos por un comprador en comisión...En otros términos tu cliente es quien compró en comisión o aquel por quien éste compró en comisión???? O el que compró en comisión se presentó con tu representación en el expte y despues se deshizo del boleto??? Esa creo es no???
Cuando hablas de interlocutoria a favor de tu cliente, a quien te referís al que compró en comisión o al comprador. Porque en el primer caso NO ENTIENDO QUE HACE EN EL EXPEDIENTE, DADO QUE QUIEN COMPRA EN COMISION TIENE EN EL ACTO DEL REMATE (ART.582)PARA DENUNCIAR A NOMBRE DE QUIEN COMPRO Y RATIFICARLO DENTRO DE LOS CINCO DIAS DE APROBADO EL REMATE EN EL EXPTE. (PLAZO ART. 581)ES EL DENUNCIADO COMPRADOR AL QUE TENES QUE REPRESENTAR. EN CASO CONTRARIO SE LO TIENE AL COMPRADOR EN COMISION COMO ADQUIRENTE DEFINITIVO.
Dificil oponerse al levantamiento de embargo dado que se decreta el levantamiento al sólo efecto de escriturar, le van a dar traslado al adquirente se van a oponer seguramente y cualquier perjuicio que le ocasiones en la demora si no resulta posees razón será a tu cargo.
Te regularon. Esto está notificado y supongo que firme.
O SEA QUE PODES INICIAR UNA EJECUCION DE HONORARIOS NO YA EN EL EXPEDIENTE, SINO AUTONOMA Y TRABAR EMBARGO SOBRE EL INMUEBLE SI ESTE ESTÁ A NOMBRE DEL REPRESENTADO.
Esto no en el mismo juicio, en otro. Con lo cual, le vas a trabar la escrituración, no importa si el embargo va a caducar o no , ese es otro tema.Es otro juicio. Esos embargos como te dije, caduquen o no se levantan al sólo efecto de que el comprador escriture.
Los embargos trabados a los que te referís, aseguran la acreencia del consorcio a quien nada le importa tu gestión y tampoco está obligado al pago.
Si el comprador no gestionó aún la inscripción de su dominio, lo van a intimar a tomar posesión, dado que a partir de allí empieza a abonar las expensas como algo personal.
Si en el auto de subasta no permite cesión de boleto, esta sonado porque lo va a tener que inscribir a su nombre si quiere vender, tarde o temprano.
Por ende Yo iniciaría la ejecución de mis honorarios regulados y pediría si no tiene bienes una inhibición general, lo cual joroba bastante.
Y sí... La liga tiene aveces estos manejitos para con los abogados que no son del palo...
Resumiendo: Tenés honorarios regulados estimo que firmes. Ejecutalos, y si no es solvente, pedile una inhibición.
No se si entendí el caso pero distinguí el juicio de expensas en el que a nadie le importan tus honorarios, de la ejecución de los mismos.

 #166259  por dies a quo
 
Gadriana....Antes que nada, gratitud obliga :D ...Gracias....Pero aclaro algunas cuestiones, por si estaban oscuras....En el juicio de ejecución de expensas:
1) No hubo remate, se arregló antes.
2) Fueron demandados los titulares registrales del depto, no mi cliente.
Intimados de pago que fueron los mismos, mi cliente compró en comisión en forma extrajudicial- dicho depto. Dicho boleto o como quieras llamarlo, lo hizo un escribano, pero por motivos obvios, embargo y la compra en comisión "misma", no se escrituró jamas....Especifico mas aun...El boleto no alude a ningun mandante en particular...Es un claro ejemplo de compra de juicio (el les compro a los deudores, los despidio del depto y se dedico a levantar el juicio para revender)
Mi cliente se presentó en el expte como tercero interesado, -con mi patrocinio letrado- y dimos sumas en pago. Corrido el traslado, el Consorcio se opuso alegando falta de legitimación pasiva, pero se la dimos por la cabeza con una interlocutoria....Finalmente, el me revoca, y arregla con el consorcio. Este ultimo pide se levante embargo (porque esta satifecha la acreencia) y ahi yo me opongo, el juez no provee esto, pero me regula, se notifica, firme, etc, etc......Es decir, no pasa de lo que pasa despues de la subasta....Mi cliente es unico, el unico que quiere garcarme....