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  • tribunal de defensa del consumidor

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #154804  por olmedo357
 
Tengo que iniciar un reclamo por un tema de defensa del consumidor. ALguien sabe cuales son los pasos a seguir, a donde se inicia, un modelo etc, muchas gracias

 #154828  por matiassergio
 
En que localidad lo queres iniciar?

Como pautas generales te comento que tenes que en defensa al consumidor te dan un formulario que vos tenes que completar (y que se encuentre firmado por la persona que representas en caso de que no tengas poder, que ahi tambien podes firmar uno) en el cual pones todos los datos y el motivo de tu queja. Conjuntamente con esto lleva todas las pruebas que tengas a tu favor fotocopiadas para agregarlas al expediente, y en ese momento te haran esperar alrededor de un mes mas o menos para concertar una audiencia de mediacion para solucionar la cuestion.
Tene en cuenta que depende de la localidad el procedimiento puede variar, pero en lineas generales es asi. Saludos

 #156476  por olmedo357
 
Es en Capital Federal

 #156551  por Mordisco
 
matiassergio escribió:En que localidad lo queres iniciar?

Como pautas generales te comento que tenes que en defensa al consumidor te dan un formulario que vos tenes que completar (y que se encuentre firmado por la persona que representas en caso de que no tengas poder, que ahi tambien podes firmar uno) en el cual pones todos los datos y el motivo de tu queja. Conjuntamente con esto lleva todas las pruebas que tengas a tu favor fotocopiadas para agregarlas al expediente, y en ese momento te haran esperar alrededor de un mes mas o menos para concertar una audiencia de mediacion para solucionar la cuestion.
Tene en cuenta que depende de la localidad el procedimiento puede variar, pero en lineas generales es asi. Saludos
Coincido con Matias es el procedimiento a grandes razgos

Para ampliar puede analizar las vias procedimentales en: (todas con link)



1).- Ley 13.133 (Pcia. de Bs. As. – Código Provincial de Implementación de los Derechos de los Consumidores y Usuarios)


2).- Ley 757 y Decreto Reglamentario 17 (Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

 #167677  por natuback
 
Aprovechando la consulta... Alguien sabe si a la audiencia de conciliación es preciso que vaya el damnificado o si puede asistir un apoderado???

 #167724  por Mordisco
 
Puede asistir el apoderado, en el organismo proveen el formulario poder,