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  • DEMANDE A UN MUERTO! Y AHORA?

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 #168852  por abogadoG
 
Hola el caso es el siguiente, demande a dos empleadores que eran socios, uno de ellos murió y se encuentra ya iniciada la sucesion pero aun no hay declaratoria de herederos.-

Me presente en el sucesorio y me proveyeron esto:
"Sin perjuicio de no encontrarse debidamente acreditado el carácter de acreedores invocado por los peticionantes, excediendo lo solicitado en el escrito a despacho el marco de los presentes autos sucesorios, además de resultar improcedente, a lo solicitado no ha lugar."

Osea V.S. considera que no se encuentra debidamente acreditado el caracter de acreedores, pero con la presentación deje como documental copias certificadas por escribano de recibos de sueldo y cartas documentos y es mas pedi que se remita el expediente laboral ad effectum videndi et probandi donde consta toda la documentacion original que prueba que el causante era el empleador.-

El problema es como hago para demostrar la calidad de acreedor laboral? creo que hice todo bien hasta certifique las copias por escribano.

Puedo apelar esta resolución? o bien solicitar al juzgado laboral que libre oficio al sucesorio para que se acepte como acreedor laboral a esta persona o bien que aplique alguna medida cautelar. Porque si espero hasta obtener sentencia en el juicio laboral los herederos van a hacer desaparecer todos los bienes.-

Desde ya muchas gracias seguramente a alguien ya le paso esto y esta bueno aprenderlo, espero opiniones.

Saludos
ABOGADOG

 #168897  por Mar07
 
Hooola, pues a mi me pasó. Solo que la demanda la inicié con posterioridad al fallecimiento, y abierto el sucesorio. Lo que hice fue solicitar medida cautelar se aseguramiento de bienes en lo laboral y luego inicié la demanda en ese fuero en contra del heredero y en ese carácter. Estuve al límite porque el oficio entró cuando practicamente estaban vendiendo los inmuebles. Eso si había un solo heredero. Si ya iniciaste el juicio laboral, pedí allí la medida y denunciá la muerte de uno de los demandados y ellos seguramente remitirán el expediente donde tramita el sucesorio por fuero de atracción. Ahora, si puedes evitar que lo remitan mejor (criterios diferentes). Hay jurisprudencia en el país que dice que la competencia la tiene el fuero laboral.- saludos. Mar.-