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  • Honorarios... cuanto se cobra?

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #165887  por Pipi
 
Tengo dos dudas:
Un expte. de internacion y hacer el testimonio de un divorcio que se ha extraviado... Cuanto se cobra?
Gracias!

Para la internacion tienen idea si primero tengo que hacer la insania y curatela? o puedo largarlo directamente?
 #166993  por FabianaAE
 
Pipi escribió:Tengo dos dudas:
Un expte. de internacion y hacer el testimonio de un divorcio que se ha extraviado... Cuanto se cobra?
Gracias!

Para la internacion tienen idea si primero tengo que hacer la insania y curatela? o puedo largarlo directamente?
Qué es un expediente de internación? Yo nunca hice ninguno...
´Se extravió el testimonio? o el expediente?

 #167008  por Pipi
 
1. Si, es de internacion, fue iniciado dado que luego de presentarse varias situaciones en las que se violento con su familia, el hijo de mi clienta, se inicio por medio de la comisaria un expte. de internacion.
2. Lo que se perdio fue el testimonio!

 #167082  por FabianaAE
 
Pipi escribió:1. Si, es de internacion, fue iniciado dado que luego de presentarse varias situaciones en las que se violento con su familia, el hijo de mi clienta, se inicio por medio de la comisaria un expte. de internacion.
2. Lo que se perdio fue el testimonio!
Con respecto a la internación, me parece que ahora recuerdo un expediente de una mujer joven, a quien, sin solicitar la insania, se hizo un expediente en un juzgado civil, para internarla y si no me equivoco, como en este caso era esquizofrenia (algo crónico) lo que se diagnosticó, luego ese mismo expediente se transforma en curatela. Puede ser que se trate de una inhabilitación del 152 bis del Cod. Civil? Si fuera así, me parece que podría orientarte, para iniciarlo, el art. 637 (bis, ter, quater quinter) del Código Procesal.

Con respecto al testimonio, entiendo que tendrás, primero, que hacer revocar el patrocinio al anterior letrado, luego explicar que lo perdieron, que se expida nuevo y volver a inscribir. Hay bienes registrables? eso pesa en el tema de los honorarios, porque tenés que hacer el trámite en los registros respectivos. Yo creo, que si para hacer un divorcio por presentación conjunta, sin bienes, se está cobrando entre dos mil y tres mil por cada cónyuge (más o menos eso es lo que cobro yo), no cobraría menos de 1000 por la gestión. ´Te parece?

 #168862  por Pipi
 
Y de los honorarios de internacion? cuanto se cobra aprox? porque en el listado de la ley de honorarios.. me aparece insania y curatela... como lo mas parecido que encuentro.... :roll: :roll: :roll: :roll: :roll:

 #168961  por FabianaAE
 
Pipi escribió:Y de los honorarios de internacion? cuanto se cobra aprox? porque en el listado de la ley de honorarios.. me aparece insania y curatela... como lo mas parecido que encuentro.... :roll: :roll: :roll: :roll: :roll:
La verdad, no lo sé.... yo solo hice un pequeño trámite porque la hija de la mujer enferma quería pedir que le informaran cada vez que el hermano de la señora denunciaba y enseguida la internaban y muchas veces no era necesario. Porque la hija no era parte, era un expediente iniciado de oficio por la policía y en el que participaba el hermano pero tampoco en calidad de parte. Es un expediente muy especial. Fijate ese tema. Y con respecto a los honorarios, no lo tengo presente, pero en la ley de honorarios fijate si no tiene un límite como el caso de los alimentos.