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 #169507  por Cashi
 
hola foristas, si alguien me puede sacar de la duda les agradeceré. estoy haciendo mi primera sucesion y ya publique edictos, se que debo esperar y luego solicitar certificacion y declaratoria de herederos. el tema es cómo sigue después, tengo que solicitar la inscripción al juez? luego yo debo hacer la partición? bueno desde ya gracias

 #169704  por mafeci11
 
luego de la ceclaratoria viene el "el cuerpo de bienes". Ahi denuncias (si no lo hiciste en el escrito de inicio) el bien t/o bienes que componen la sucesion. Acompañas informe de dominio de los mismos, certificado de inhibicion del causante, el titulo de los inmuebles, la valuacion fiscal, pagas la tasa y sobre tasa de justicia y acompañas la Declaracion jurada patrimonial. En ese mismo escrtio podes pedir que se te regulen los honorarios.

 #169819  por Cashi
 
mafeci11 muchas gracias por tu información que fue muy clara. todo entendido salvo por que no se de que se trata la declaración jurada que hay que presentar. te agradecería me aclares ese punto, gracias :roll:

 #170094  por mafeci11
 
la Declaracion jurada es el formulario que acompañas, donde pones la valuacion del inmueble y le aplicas el 2,2% para pagar al tasa y sobre tasa de justicia.
Fijate si te peque bien este linK que de aca lo podes bajar:

http://www.casm.org.ar/nuevo/notiver.asp?80
 #230181  por mariasoledadgaspari
 
Hola, tengo una consulta, lo q se acompaña a la sucesion son certificados o informes de dominio y anotaciones personales? x q son 2 cosas diferentes (certificado o informe?)
gracias

 #230187  por mafeci11
 
informe de dominio es una cosa e informe de anotaciones personales otra.
el primero es respecto del bien que denunciaste en la suc.. y el de anotaciones personales se pide con los datos del causante para ver si la perosna no esta embargada o inhibida.
Los dos se deben acompañar.

 #230630  por mariasoledadgaspari
 
si si entiendo q son dos cosas diferentes, pero mi duda radica en si eran informes o certificados q son 2 cosas diferentes, unos traban el registro y los otros no.

 #230639  por lunita_44
 
como abogada lo unico q podes pedir es informe..... certificado solo los escribanos
 #230796  por mariasoledadgaspari
 
muchasd gracias....osea q p la sucesion basta con pedir informes! graciassssssssssssssss