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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #17016  por amg
 
Les agradecere me aclaren lo siguiente porque creo que estoy enloqueciendo por las dudas que se me presentan.
No hay prohibición de seguir trabajando en relación de dependencia a pesar de ser jubilada, verdad?
Tengo dos personas, mujeres de 75 y 63 años, que comenzaron a trabajar en relación de dependencia en el año 2000 y 2001. Puedo generar una situación de revista que no afecte a esos años y jubilarla por la 24476, desconociendo los aportes en relacion de dependencia que les estan haciendo actualmente?
Perdonen si pregunto una burrada.
Última edición por amg el Jue, 22 Mar 2007, 15:49, editado 1 vez en total.
 #17027  por bety78
 
[quote="amg"]Les agradecere me aclaren lo siguiente porque creo que estoy enloqueciendo por las dudas que se me presentan.
No hay prohibición de seguir trabajando en relación de dependencia a pesar de ser jubilada, verdad?
Tengo dos personas, mujeres de 75 y 63 años, que comenzaron a trabajar en relación de dependencia en el año 2000 y 2001. Puedo generar una situación de revista que no afecte a esos años y jubilarla por la 24476, desconociendo los aportes autónomos que les estan haciendo actualmente?
Perdonen si pregunto una burrada.[/quote]


hola... en principio aclara si es que estas personas estan aportando como autonomas o monotributistas o estan en relacion de dependencia...

 #17053  por adriana
 
hola amg y bety, les cuento que yo le hice la jubilación a mi mamá y ahora esta como monotributista y para que tengan una idea si tenia que pagar $99, paga algo de 74, lo hablo con la contadora y les confirmo... Pienso que hace el pago de monot. y la diferencia es por que no hay aportes... les parece???

 #17065  por amg
 
Las personas de las que hable, son dos mujeres de 75 y 63 años que no tuvieron aportes en su vida hasta que en 2000 una y en el 2001 lempezaron a trabajar en relación de dependencia y continúan asi en la actualidad.
Gracias por la ayuda

 #17180  por andrearua
 
la diferencia de pago en el monotributo cuando la persona es jubilada es en lo que respecta a la obra social, ese concepto no se paga, por lo que la cuota es menor, ya que tiene pami. Saludos. Andrea

 #17253  por nani
 
amg, podes no tenerlos en cuenta, pero igual no podes aplicarle años de ddjj porque están en actividad (según otros compañeros del foro podrías aplicarle solo 1) con lo cual la cuota será un poco cara

 #17504  por Analia Y DE PORTO
 
nani tiene razon, podes comprar con la la ley 25994 o la 24476 h/9/1993 la unica diferencia que tendras es en el cese que sera en 2007, 1 año art3, va el art 19, es una jubi mixta, pediras turno, pueden seguir laborndo normalmente (24241) deben denunciarlo (no se como) ya qeu siguen aportando a un fondo de empleo

 #17529  por amg
 
Muchas gracias por las respuesta pero lo que no entiendo es, porque una mixta, si no voy a tener en cuenta los aportes en relación de dependencia?

 #17532  por Agnese
 
amg escribió:Muchas gracias por las respuesta pero lo que no entiendo es, porque una mixta, si no voy a tener en cuenta los aportes en relación de dependencia?
Podrías hacer autonoma pura, si eso querés, e ignorar los años en rel.de dependencia.
Lo único que tenés que respetar para los beneficios como te dicen las chicas el ultimo aporte en rel.de dep. o sea que solo podrías tomar 1 año.
Resol.52/06

 #17535  por amg
 
Gracias Agnese, vos sabes si es necesario y en ese caso como denuncio que el cliente esta actualmente trabajando en relación de dependencia.

Se que estoy muy preguntona, pero es increíble pero ni de casualidad me tocan dos jubilaciones iguales, cada una tiene su particularidad.

 #17553  por nani
 
amg si la vas a hacer por automática (sin tener en cuenta la rd) no tenes forma de denunciar que está en rd
una vez que le acuerden el beneficio que avise a su empleador, para que haga los trámites para declararlas como empleadas jubiladas (ya que así reducen los aportes patronales)

 #17564  por amg
 
Gracias