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  • LA GRAN JUGADA !!

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #170649  por Pedro Gonzales h.
 
si el trabajo esta todo bien, pero me hacen esasa jugaditas que molestan.

Los hechos se dieron asi….
Me avisan ¨verbalmente¨ que no me presente al otro dia a trabajar por estar suspendido.
Al otro dia como no recibi ningún telegrama fui a trabajar se me negó la entrada entonces mande esta carta……
EMPLEADO TOMARÁ COMO DESPIDO INDIRECTO DEL EMPLEADOR LA NEGATIVA DE TRABAJO Y EXIGE LE ACLARE SU SITUACIÓN Ante vuestra persistente negativa de trabajo, INTÍMOLOS a que en el término perentorio de cuarenta y ocho (48) horas aclaren mi situación laboral, bajo apercibimiento de considerarme despedido por vuestra exclusiva culpa. QUEDAN FORMALMENTE NOTIFICADOS. ...(lugar, fecha, nombre y apellido del remitente, tipo de documento de identidad, número y firma)

No contestaron nada, y encima el primero de mayo cuando me dieron el recibo de sueldo veo que me descontaron el dia por falta injustificada, - esa es la jugada- te avisan que no vengas a trabajar luego no mandan telegrama y te descuentan de todo por falta injustiicada, pero nunca te mandan el telegrama que diga que estas suspendido.

A partir de allí no se como encararlo creo tener dos opciones o discuto la suspensión o discuto le deducción en el recibo de sueldo.
Pero nunca fui notificado de suspensión alguna, por escrito !!

Tengo estas dos cartas cual crees vos que seria la correcta o cual mandarias vos o corrigirias .



1era opcion
Esto seria aceptar que existió una suspensión ¡!!
Pero que no tiene validez por carecer de un requisito esencial art218 lct
EMPLEADO CONSIDERA DESPIDO INDIRECTO POR EL EMPLEADOR SU SUSPENSIÓN ...(remitente y domicilio, destinatario y domicilio)
Atento la suspensión que me han impuesto y que no reúne los recaudos legales vigentes por falta de notificación escrita <Art. 222 aplicable a los Arts. 219, 220, 222 y 223 de la ley 20.744>), INTÍMOLOS a que en el término perentorio de cuarenta y ocho (48) horas hábiles a pagarme los haberes deducidos bajo apercibimiento de considerarme despedido por vuestra exclusiva culpa.. QUEDAN FORMALMENTE NOTIFICADOS. ...


2da opcion Esto seria darse por despedido al no aclarar situación
Nada dice de una suspensión,
Atento a la omisión de aclarar situación legal conforme carta doc numº….. INTÍMOLOS a que en el término perentorio de cuarenta y ocho (48) horas hábiles a pagarme los haberes deducidos sin causa alguna bajo apercibimiento de considerarme despedido por vuestra exclusiva culpa.. QUEDAN FORMALMENTE NOTIFICADOS.


Gracias por todo

 #171401  por sabri79
 
yo iria por la segunda opcion y ahi reclamar la indemnizacion que corresponde.

 #171480  por sergiosky
 
pues, las 2 opciones son correctas. el tema es ¿que quiere hacer el trabajador? ya que si optas por la segunda opcion el tipo se considera despedido y tenes la via libre para reclamar por via judicial, pero... es lo que quiere el trabajador? quizas necesita el trabajo, el dinero, y no le haría ninguna gracia darse por despedido porque eso significa que no te entrará dinero por mes, que tenes que salir a buscar laburo nuevamente, que tenes que bancarte una demanda laboral que puede demorar, y solo por el descuento de 2 dias. yo me inclino mas por la 1era opcion y desde ahi veo como continuo.

 #171565  por Pedro Gonzales h.
 
ok creo que los voy a intimar por la segunda porque existen antecendentes en el trabajo de este tipo de jugadas.
a otros empleados
gracias a todos por su opinion
es importante saber que el foro funciona !!!

y unir ambos telegramas
y esperar que pasa