Hola Foristas!! Me podrían informar cuándo hay que notificar a los delegados técnicos propuestos por la contraria cuando no ha asistido ésta a la audiencia del art. 360 CPCN. Me imagino que será cuando el perito fije la fecha de pericia, pero me surgió la duda, y la presente tal vez sea una super preguntonta, pero de todo se aprende, no? Gracias.
Hola Lau08:
en la pcia. de Cba. cuando se notifica fecha de iniciacion de pericia se lo hace a las partes y peritos (oficial y de partes), supongo que en tu pcia. sera igual.
Un cordial saludo.