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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #170945  por Justiniano
 
Hola a todos! es mi primer liquidacion por sicam y me esta costando sacarla adelante... se trata de una mujer que nacio en marzo de 1948 y nunca realizo aportes.
Alguien sabe que datos o plazos tengo que ingresar en la situacion de revista?
Que ley debo seleccionar? la 24476?
Hay que seleccionar algun beneficio en la situacion de revista?
 #170956  por vandem
 
[quote="Justiniano"]Hola a todos! es mi primer liquidacion por sicam y me esta costando sacarla adelante... se trata de una mujer que nacio en marzo de 1948 y nunca realizo aportes.
Alguien sabe que datos o plazos tengo que ingresar en la situacion de revista?
Que ley debo seleccionar? la 24476?
Hay que seleccionar algun beneficio en la situacion de revista?[/quote]


Mira por la fecha de nacimiento no la podés hacer como autónomo puro sino va a tener que ser mixta con aportes al Servicio doméstico. Si, la ley a aplicar es la 24476. Debes armar la situación de revista con los beneficios y los aportes al servicio domestico. Cualquier cosa pasala que entre todos te ayudamos. Saludos

 #170985  por Justiniano
 
Muchas gracias!
Cuales son los beneficios y los aportes al servicio domestico? podrias confirmarme como selecciono la categoria mixta?

 #170995  por vandem
 
La jubilación va con turno por un lado tenés que armar la liquidación y enviarla por Sicam y por otro completar el formulario y pagar los aportes al servicio doméstico, fijate que en el foro hay mucha información al respecto!! Saludos

 #171478  por ní©mesis
 
Como bien te dijeron otros foristas, tenés que pedir un turno como jubilación mixta, esto es en la Autopista de Servicios de la página de anses.

Por lo que decis, si no tiene ningún tipo de aportes ni como dependencia ni como autónomo, y cumple los 18 años en marzo de 1966, tendrías que cargar en la situación de revista el período 04/1966 al 09/1993, eso hace un total de 27 años y 6 meses (revisá la cuenta por las dudas me equivoque).

Luego quedarían fuera de la moratoria 2 años y 6 meses que tenes que aportar como SDM, desde el 04/2000 al 09/2002.

Fijate que por el período 4/2000 a 8/2001 no se pagan intereses x decreto de afip 1384/01, en aportes de SDM. Lo demás tenés que calcular intereses en el siguiente link: http://www.afip.gov.ar/servicios_y_cons ... o_main.asp

En Beneficios, de Situación de Revista, como el cese quedaría en el año 2002, tenés que cargar 3 años de DD. JJ. por art. 3 ley 24.476, por ejemplo podrías poner período 04/1984 al 03/1987.

Igualmente, fijate como te sugirieron en las demás respuestas, lo charlado en el foro sobre SDM que hay un montón de datos para leer.

Saludos

 #171726  por Justiniano
 
Muchas gracias por su ayuda. Me quedaron unas dudas a medida que voy avanzando, las consulte en otro foro pero por las dudas no las lean los molesto.

¿Es posible optar por la actividad costurera siendo que nunca realizo ningun aporte? Porque me da como 100 mil menos que ama de casa.

¿Para ver la moratoria (descuento y valor de las cuotas) sin enviar el plan, como hago? ¿selecciono la opcion ingresar al regimen de regularizacion voluntaria ley 24476? ¿o seleccionando eso da por enviado el plan?

¿La SDM que compraria seria 4/2000 a 8/2002? ¿còmo calculo el valor de la sdm y como se compra?

Los dos calculos me dieron los siguientes resultados:

SITUACION DE REVISTA
Inicio 04/1966 09/1993
Actividad ama de casa (090)
BENEFICIO
06/1977 05/1980 art. 3 LEY 24476
TOTAL deuda: 286,286.15

SITUACION DE REVISTA
Inicio 04/1966 09/1993
Actividad costurera (307)
BENEFICIO
06/1977 05/1980 art. 3 LEY 24476
TOTAL deuda 174,456.06

 #171788  por abrileuge
 
Hola en SICAM la act. que debes declarar es la 307 de costurera no la ama de casa.
salu2.
Sil.

 #172233  por Justiniano
 
Gracias Abril!
¿En el caso que planteo, en lugar de 3 años de beneficios art. 3 se pueden pedir 7 años?
¿Si no se pagan los intereses de la SDM, cuál es la consecuencia?

 #172235  por vandem
 
[quote="Justiniano"]Gracias Abril!
¿En el caso que planteo, en lugar de 3 años de beneficios art. 3 se pueden pedir 7 años?
¿Si no se pagan los intereses de la SDM, cuál es la consecuencia?[/quote]

La cantidad de años que podés tomar como beneficios te la da la fecha del ultimo pago de aporte al SDM, sólo vas a poder tomar 3, en cuanto a los intereses lo que puede pasar es que la Afip los reclame en un futuro, suerte!!!

 #172477  por Justiniano
 
Gracias por la ayuda Vandem! :D