Estimados colegas: tengo que contestar una demanda por resolución de contrato. Resulta que mi cliente compró por boleto de compraventa una propiedad, a pagar en cómodas 90 cuotas. Pero sólo abonó 23 (reconocidas en la demanda). Le reclaman la resolución del contrato, con pérdida de todo lo pagado y construido (así se pactó en el boleto)
La intención de mi cliente es permanecer en la propiedad al menos hasta fin de año, sabe que lleva las de perder.
Mi consulta es: me conviene desconocer el contrato, las firmas, por ende la deuda y el derecho del actor y poner una situación de hecho falsa (por ej que hay un comodato verbal)? O es conveniente reconocer el contrato, negar la deuda por más que no tenga recibos ni siquiera de lo pagado y tratar de estirar el tema lo más posible? En esta segunda opción no se como es el tema de la pérdida de lo pagado y las mejoras introducidas, es válida esa cláusula? Se la puede atacar de algún modo? Por favor necesito su ayuda porque vence el jueves.
La intención de mi cliente es permanecer en la propiedad al menos hasta fin de año, sabe que lleva las de perder.
Mi consulta es: me conviene desconocer el contrato, las firmas, por ende la deuda y el derecho del actor y poner una situación de hecho falsa (por ej que hay un comodato verbal)? O es conveniente reconocer el contrato, negar la deuda por más que no tenga recibos ni siquiera de lo pagado y tratar de estirar el tema lo más posible? En esta segunda opción no se como es el tema de la pérdida de lo pagado y las mejoras introducidas, es válida esa cláusula? Se la puede atacar de algún modo? Por favor necesito su ayuda porque vence el jueves.