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  • CESACION DE LA REPRESENTACION

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 #173932  por Marjavi
 
EN un Expediente judicial me revocaron por medio de escrito, tengo presentada la demanda, salio la primera providencia y presenté cedula para librar. ME INTERESA NOTIFICAR LA DEMANDA ASI PUEDO RECLAMAR HONORARIOS A LA CONTRARIA y el nuevo abogado no desista del proceso. ¿Puedo exigir que me entreguen a mi la cedula para notificar? fundamentos.-
Es que estoy quedando afuera de todo, yo hice la demanda, la cedula y ahora viene este y me deja afuera, lo que estoy seguro que va a hacer es desistir de la demanda para presentarla él. Como es un daño y perjuicio es abismal la diferencia que puedo regular con demanda notificada Vs. desistimiento sin notificar.-
Gracias si me resuelven debo el asado!!!

 #174058  por gadriana
 
Hola. ¿La revocación lo fue en el expediente??? Firmaste en caso cntrario la recepción??? Te aclaro que lo que vos crees te va a pasar es muy factible. Por ej. el art. 305 CPC autoriza de manera expresa al actor a desistir del dcho. en cualquier estado de la causa anterior a la sentencia, no requiriendo consentimiento alguno de la parte contraria ni de terceros. Por ende no deviene procedente la oposición que se formula de en su caso con respecto al desistimiento y la culminación del proceso, sin que corresponda en el juicio en trámite considerar cuales fueron los motivos que llevaron a tal determinación. Respecto regulación honorarios e la suma se debe establecer de acuerdo arts. 23 y 16 8904, si el juicio termina por desistimiento de la acción debe asimilarse al calculo base arancelaria que se produce cuando la acción es íntegramente rechazada (art. 23 ley 8904 Sala I causa 132232 resol. del 9-V-2005). A los fines de la regulación debe tomarse el monto de la demanda sin que corresponda calcular intereses la acción. O sea, peor. Eso acá en provincia.
Así las cosas no sólo no vas a poder notificar, sino tampoco practicar liquidación.
Podés buscar preciosismos, pero ya te informaron que no debés seguir actuando...Corrés tus riesgos...Caben denuncias y demás, pero hasta ahora lo que vi no ha sido fructífero.

Me olvidaba, por el sólo hecho de presentar la demanda tenes derecho a regulación de honorarios, aunque entiendo lo que queres decir es avanzar en el trámite.
Alea jacta est...