Porque no se va a poder pagar todo el período de la renovación por anticipado? claro que se puede.
respecto a la instrumentación, se hace como cualquier recibo de pago o bien en la misma prorroga se anexa una clausula que diga que " en este acto el locatario abona , con cheque serie n°....... de la cuenta N°........... con fecha de libramiento ....... y de pago......... la suma de pesos xxx en concepto de las merdcedes locativas que van del mes de .......al mes de......., tiempo en que se ha prorrogado la presente locación, sirviendo el presente del más eficaz recibo de pago.-
Deberias tener cuidado con el tema de la fianza que se ofrecio en el primer contrato, ya que la prorroga necesita del consentimiento expreso del fiador, para que los efectos de ésta puedan serle oponibles en un futuro incumplimientodel locatario, al fiador. ver art. 1582 bis, del C.Civil.
Tambien deberías suscribir un conveniio de desocupación con la misma fecha en que se termina la prorroga y para mayor seguridad, homologarlo, de esa manera, en 1 año si el locatario no quiere irse, el desalojo sale, por via de ejecucion de sentencia, en este caso del acuerdo homololgado y no por la accion ordinaria del desalojo.
es mi opinion.- espero te sea útil.-