Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • sustitucion del patrocinio

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #171234  por sandranoemiibanez
 
Estimados colegas:
Le comento que soy abogada, y soy parte actora en un juicio laboral, en donde quiero sustituir el patrocinio, revocando el poder laboral que le di a mis anteriores abogados, por causas imputables a ellos, puesto que no han trabajado con la debida diligencia a mi criterio, por lo que quiero designar nuevo apoderado.... (si bien gane el juicio, tengo sentencia a favor, y luego de que los demandados q son 4, no cumplieran con la misma, quedando la sentencia firme, no se ha ejecutado, y solo se trabo una medida de emabargo sobre una sola de las codemandadas, justo la que no tenia nada para embargar en su cuentas, y ya ha pasado tiempo, sin solicitar medidas respecto de las demas, por ende a esta altura del partido, ya se han deshecho de todos sus bienes, y no podre cobrar...)
Esto es en el ambito de capital federal....
Por otro lado les comento que si bien di poder laboral, nunca lo he ratificado, pero en la sentencia se regularon los honorarios para el profesional que me represento....
En fin... solo les cuento para que digan cual es la manera de proceder en cuanto a que quiero revocar ese poder, y designar nuevo apoderado... (por causas personales, no deseo actuar en causa propia)...
El codigo de etica de la capital federal señala lo siguiente:

"Artículo 15.- Todo abogado debe dar aviso fehaciente al colega que haya intervenido previamente en el caso de reemplazarlo o participar en la representación, patrocinio o defensa. Esto no será necesario cuando el letrado anterior hubiera renunciado expresamente o se le hubiera notificado la revocación de tal mandato o patrocinio. El abogado no debe tratar, directa o indirectamente, ni arribar a ningún tipo de convenio o acuerdo con personas patrocinadas y/o asesoradas por otro colega, sin la intervención o conocimiento de éste."

En ese te caso el abogado debe dar aviso por Carta documento? o se puede hacer por simple carta del estudio.

Ahora en cambio, si quiero dejar asentado el camino para una eventual accion de mala praxis (se que suena feo que yo siendo profesional quiera iniciar estas acciones contra mi anterior abogado... pero la verdad que realmente me ha producido un perjuicio.... no poder cobrar... dado que no me sirve tener sentencia a favor.... si no la puedo cobrar....) no me convendria en este caso enviar yo misma como parte, una CD revocando el poder... y explicando las causales?

En ese caso pareciera que el nuevo abogado desigando por mi queda eximido de notificar que lo reemplaza. Puesto que es un amigo el que quiero que me represente... y no quiero que luego tenga inconvenientes de indole etico con el colegio ni con los abogados anteriores...

Espero que por favor me digan como es en la practica....
Desde ya muchas gracias.... saludos
 #172011  por Moniluj
 
sandranoemiibanez escribió:Estimados colegas:
Le comento que soy abogada, y soy parte actora en un juicio laboral, en donde quiero sustituir el patrocinio, revocando el poder laboral que le di a mis anteriores abogados, por causas imputables a ellos, puesto que no han trabajado con la debida diligencia a mi criterio, por lo que quiero designar nuevo apoderado.... (si bien gane el juicio, tengo sentencia a favor, y luego de que los demandados q son 4, no cumplieran con la misma, quedando la sentencia firme, no se ha ejecutado, y solo se trabo una medida de emabargo sobre una sola de las codemandadas, justo la que no tenia nada para embargar en su cuentas, y ya ha pasado tiempo, sin solicitar medidas respecto de las demas, por ende a esta altura del partido, ya se han deshecho de todos sus bienes, y no podre cobrar...)
Esto es en el ambito de capital federal....
Por otro lado les comento que si bien di poder laboral, nunca lo he ratificado, pero en la sentencia se regularon los honorarios para el profesional que me represento....
En fin... solo les cuento para que digan cual es la manera de proceder en cuanto a que quiero revocar ese poder, y designar nuevo apoderado... (por causas personales, no deseo actuar en causa propia)...
El codigo de etica de la capital federal señala lo siguiente:

"Artículo 15.- Todo abogado debe dar aviso fehaciente al colega que haya intervenido previamente en el caso de reemplazarlo o participar en la representación, patrocinio o defensa. Esto no será necesario cuando el letrado anterior hubiera renunciado expresamente o se le hubiera notificado la revocación de tal mandato o patrocinio. El abogado no debe tratar, directa o indirectamente, ni arribar a ningún tipo de convenio o acuerdo con personas patrocinadas y/o asesoradas por otro colega, sin la intervención o conocimiento de éste."

En ese te caso el abogado debe dar aviso por Carta documento? o se puede hacer por simple carta del estudio.

Ahora en cambio, si quiero dejar asentado el camino para una eventual accion de mala praxis (se que suena feo que yo siendo profesional quiera iniciar estas acciones contra mi anterior abogado... pero la verdad que realmente me ha producido un perjuicio.... no poder cobrar... dado que no me sirve tener sentencia a favor.... si no la puedo cobrar....) no me convendria en este caso enviar yo misma como parte, una CD revocando el poder... y explicando las causales?

En ese caso pareciera que el nuevo abogado desigando por mi queda eximido de notificar que lo reemplaza. Puesto que es un amigo el que quiero que me represente... y no quiero que luego tenga inconvenientes de indole etico con el colegio ni con los abogados anteriores...

Espero que por favor me digan como es en la practica....
Desde ya muchas gracias.... saludos




Yo sé que es feo que te des cuenta que no hicieron mucho x vos, pero también tené en cuenta que las empresas son hábiles para deshacerse de los bienes rápidamente. Es un poco duro ir contra un colega, porque tal vez no hubo mala fe de su parte, simplemente creyeron hacer lo que estaba a su alcance.
El cliente siempre puede elegir quien lo patrocine, él elige, en este caso, vos. Enviale una CD avisándole de la revoción a tu anterior letrado y proponé al nuevo, aunque esta vez, deberías actuar con mayor probidad, ya que siendo abogada, podés "controlar" de alguna forma los pasos que da, sabés como se hace eso. Lo que quiero decir es que si bien vos, podrías demandar a tu anterior abogado x mala praxis, tal vez en juicio se te exija mayor responsabilidad a vos por ser abogada, te podría caber algun tipo de responsabilidad profesional, ya que una persona común, se le pueden "escapar" ciertas cosas, pero a un abogado parecería que no. Nosotros sabemos que conviene llevar un expediente propio de la causa, en el estudio, para estudiarlo, para poder mostrar al cliente que se hizo, que no y poder explicar los motivos en cada caso. Debiste pedirle a tu anterior patrocinante todo eso, ¿por qué no lo hiciste? Si fue x confiada, aprendé del error, "nadie puede alegar su propia torpeza". Una persona común podrá decir, "no sabía que podía pedirlo", pero en tu caso, no podrás decir eso. Te digo todo esto, para que lo pienses antes de actuar, ya que por un impulso que te provoca el estar enojada -seguramente con razón- te traigas un dolor de cabeza extra a toda esta situación. Suerte igual!
 #173738  por sandranoemiibanez
 
gracias por tu respuesta...
ya consulte en el tribunal de disciplina del Colegio...
dicen que de estos casos hay muchos, que es evidente la negligencia, mala praxis, y mala fe....
no se solicito cautelar alguna, pese a estar en rebeldia todas las codemandadas... (la L.O señala que se pueden pedir medidas cautelares en el caso de que se siga el proceso en rebeldia de la codemandadas, ademas se solicito embargo en una cuenta de las codemandadas, justo la persona juridica que tramo el fraude laboral, constituyo otra sociedad... y no tiene nada a nombre de ella ni en la vieja sociedad ni en la nueva.... mas que pedidos de quiebra etc.... y jucios que tramitan en lo penal... y cuentas bancarias en ooooooo)
Ademas las demas codemandadas (personas juridicas) si tenian bienes....

no entiendo nada, me indigna como parte actora... y mas como profesional, que existan colegas que trabajen de ese modo... se especializan en derecho laboral... en defensa de los derechos del trabajador... y terminando actuando en desmedro....

al colegio no le parecio disparatada mi opinion, y me han asesorado muy bien.... obvio que me acerque con todos los temores que nacen a raiz de que ahora soy colega de mis apoderados.... en el año 2005 Te aclaro que no lo era..... Hoy tengo el expediente parado, sin que nisiquiera hayan iniciado la ejecucion de la sentencia.....

en fin
despues te seguire contanto....
saludos
 #174240  por Moniluj
 
Ok, buenísimo, no sabía que cuando iniciaste el tema aún no eras abogada. Es verdad que está lleno de chantas, que trabajan como en broma, digamos. Que tengas suerte y puedas recuperar algo de lo tuyo. Y después dicen que los truchos son los penalistas y tienen a los laboralistas como los tipos más sanos del mundo... Tu caso es la prueba de que toda verdad es relativa.