Hola queria consultarles lo siguiente, tengo que presentarme por la parte demandada en un ejecutivo que tiene sentencia del año 97 donde se establece una tasa de interés del 18% anual, nunca se pago la deuda, ahora mi cliente quiere cancelar y mi duda es sobre que tasa se aplica en este caso, la que figura en la sentencia??? o la activa???? porque hay una diferencia no???????????? muchas gracias