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 #175723  por aryela
 
tengo que presentar los certificados de dominio, cesion e inhibicion y la valuacion fiscal, ya tengo todo pero todavia no se pago la tasa de justicia. Puedo presentarlos igual y luego presentar la constancia de pago de tasa y sobretasa? cuando presento los certificados tengo que aclarar que se va a vender por tracto abreviado o lo puedo solicitar cuando ya pague todo y autorizo al escribano a retirar el expediente? Con que formulario pago la tasa?
Gracias
 #175889  por Charlie
 
aryela escribió:Puedo presentarlos igual y luego presentar la constancia de pago de tasa y sobretasa?
Si. Pero habrá que tener en cuenta que la vigencia de los certificados en Pcia. de Bs. As. es de 90 días.

cuando presento los certificados tengo que aclarar que se va a vender por tracto abreviado
No. :D
Con que formulario pago la tasa?
En Provincia, con el formulario R-516. Y la sobretasa con la boleta ASER-304 (la misma que se usa para abonar anticipos y aportes a la Caja de Previsión Social).

Saludos.