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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #17646  por josefinaga
 
Les hago una pregunta si una persona solo tiene aportes como autonoma del 2006 completo, se los puedo prescirbir y tomar 7 años por DDJJ????

muchas gracias!!!!!!! :roll:
 #17658  por AnaliaSchoenfeld
 
josefinaga escribió:Les hago una pregunta si una persona solo tiene aportes como autonoma del 2006 completo, se los puedo prescirbir y tomar 7 años por DDJJ????

muchas gracias!!!!!!! :roll:
A mi entender NO. solo se pueden prescribir los periodos prescriptos, o sea los 10 años para atras, desde febrero del 97 .
 #17659  por Walter S
 
josefinaga escribió:Les hago una pregunta si una persona solo tiene aportes como autonoma del 2006 completo, se los puedo prescirbir y tomar 7 años por DDJJ????

muchas gracias!!!!!!! :roll:

Prescribir
NO podes, los podes renunciar por la ley 25321 si cumple lo exigido en ella y allí si tomarte los 7 años de art 3 de la ley 24476

Respecto a esta renuncia, existen dudas si se pueden renunciar periodos PAGOS o solo adeudados. La práctica demostro que si va por web podes renunciar tanto a periodos pagos como adeudados. Si va por turno depende de la UDAI

 #17661  por josefinaga
 
muchas gracias!!!! alguien sabe de la Udai de San Miguel q dice al respecto???