Les hago una consulta porque no tengo mucha experiencia en el tema consorcios. A un propietario de un departamento se le reventó un caño de desagüe de un baño, mojó el contrapiso y levantó el parquet del living. Del consorcio mandaron un plomero que soldó el caño, pero para eso tuvo que romper parte de la pared del baño. El tema es que desde hace un mes que todo quedó así, con el caño soldado pero la pared rota y el parquet levantado.
Tenía pensado enviar una carta documento intimando a que le hagan las reparaciones pertinentes para volver el dpto a su estado anterior, ya que quedó muy mal.
Mi consulta es: le corresponde al consorcio reparar los daños que produjo en partes privativas de un depto la rotura de un caño? O su responsabilidad se limita a arreglar el caño y punto?
En caso de que sí sea resposable por los daños producidos, a quién debo intimar? Al Consorcio o al Administrador del mismo?
Muchas Gracias por su ayuda.
Tenía pensado enviar una carta documento intimando a que le hagan las reparaciones pertinentes para volver el dpto a su estado anterior, ya que quedó muy mal.
Mi consulta es: le corresponde al consorcio reparar los daños que produjo en partes privativas de un depto la rotura de un caño? O su responsabilidad se limita a arreglar el caño y punto?
En caso de que sí sea resposable por los daños producidos, a quién debo intimar? Al Consorcio o al Administrador del mismo?
Muchas Gracias por su ayuda.
"Trabaja como si no necesitaras el dinero. Ama como si nunca te hubieran herido y Baila como si nadie te estuviera viendo"