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  • SANCION DISPLINARIA: SUSPENSIONES

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 #176913  por MARTIN26
 
Buenas tardes

Queria hacertes una consulta. .
Una amiga esta trabajando en un hotel como empleada de servicio de limpieza. El tema es que es la segunda vez que la sancionan con una suspension. La primera vez la suspendieron por 2 llegadas tardes ( 2 dias de suspension) y ahora por 1 llegada tarde ( 1 dia de suspension ) . En la notificacion le " solicitan " no caer en nuevas faltas para no recibir sanciones mayores. Sancion mayor seria despido ( segun la ley se puede suspender hasta 30 dias por año calendario , pero puede ser que llegue tarde nuevamente y sea despedida ?? Seria justificado ?? Si bien firmo la notificacion, puede hacer uso del art 68 y apelar la medida ??

Aguardo comentarios al respecto

Desde ya muchas gracias

Martin

 #176916  por MORGAN
 
Entre las sanciones mayores estaría más días de suspensión hasta el despido. El art. 68 de la LCT regla las facultades el empleador. Que va a apelar?, tiene como justificar la inasistencia?, sino es en vano.

 #177204  por MARTIN26
 
MORGAN escribió:Entre las sanciones mayores estaría más días de suspensión hasta el despido. El art. 68 de la LCT regla las facultades el empleador. Que va a apelar?, tiene como justificar la inasistencia?, sino es en vano.

Gracias Morgan por la pronta respuesta.

Entendido lo de la apelacion. En realidad lo que no me queda claro es si es aleatorio optar entre una nueva suspension o un despido con justa causa.

La consulta en principio surgio, mas alla de la suspension, es por que hay una especie de persecucion contra ella desde que se nego a firmar un apercibimiento por llegada tarde. ( en realidad firmo la notificacion poniendo que la llegada tarde era con previo aviso, y la directora se lo rompio y la obligo a firmar otro )
Lo que preocupa es que a traves de estas suspensiones estan juntando pruebas para el despido con justa causa. Se puede hacer algo contra esto ?? ( ademas de cumplir el horario logicamente )

Saludos!