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  • SIRVE UN PODER FOTOCOPIADO Y FIRMADO POR ESCRIBANO?URGE!!

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 #177222  por 123justicia
 
SIRVE ES VALIDO UN PODER EN FOTOCOPIAS CON LA FIRMA DE ESCRIBANO, SIN AGREGADO DEL PROTOCOLO ORIGINAL?
URGENTE POR FAVOR.
DONDE AVERIGUO?
EL TEMA ES QUE LA COPIAS NO SE DISTINGUEN SI LA FIRMA ES COPIA O ORIGINAL YA QUE ES COLOR NEGRO.
LO QUE SUMA MAS DUDAS.
URGE!!!! :oops: :oops:
 #177234  por Oscar Santiago
 
Entiendo que podés pedir por escrito que el Juez intime al presentante bajo apercibimientos de ley, a exhibir o adjuntar copias legibles del poder al que hacés referencia para poder corroborar datos. La presentación en copia es válida, siempre que firme la misma el abogado que se presenta. Obviamente, en el escrito tenés que hacer las reservas de derechos para impugnarlo en caso de que no lo presente.

Esa es mi idea. Espero té ayude de algo.
 #177241  por 123justicia
 
Oscar Santiago escribió:Entiendo que podés pedir por escrito que el Juez intime al presentante bajo apercibimientos de ley, a exhibir o adjuntar copias legibles del poder al que hacés referencia para poder corroborar datos. La presentación en copia es válida, siempre que firme la misma el abogado que se presenta. Obviamente, en el escrito tenés que hacer las reservas de derechos para impugnarlo en caso de que no lo presente.

Esa es mi idea. Espero té ayude de algo.
GRACIAS, ADEMAS DE LA FIRMA Q NO SE DISTINGUE SI ES ORIGINAL O NO, EL GRAN PROBLEMA ES QUE NO POSEE EL PROTOCOLO ORIGINAL, POR TANTO YO CONSIDERO QUE NO ES VALIDA.
OPINIONES?
ALGUIEN DE NOTARIAL??!!

 #177246  por claudiarf
 
Coincido con Oscar, intimalo a que presente el original. Además manifesta que en la copia carece de protocolo original por lo que dudás de su validez.

 #177251  por GU
 
Si es un poder judicial general, no se requiere el protocolo original en el expediente. Con una copia simple, firmada por el letrado, se acredita la personeria.

Distinto es el caso si el poder es especial, ya que en ese caso debe acompañarse el poder original en el expediente.

Saludos!

 #177254  por 123justicia
 
GU escribió:Si es un poder judicial general, no se requiere el protocolo original en el expediente. Con una copia simple, firmada por el letrado, se acredita la personeria.

Distinto es el caso si el poder es especial, ya que en ese caso debe acompañarse el poder original en el expediente.

Saludos!
GRACIAS GU, ME GUSTARIA SABER CUAL ES EL FUNADAMENTO DE TU AFIRMACION, HAY NORMATIVA?
GRACIAS.-

 #177328  por Doncella_de_Orleans
 
Hola 123!

Poder General: presentas copia simple firmada por el apoderado.
Poder Especial: presentas el original, pues es especial (para ese juicio, salvo que sea para especial pero para varios actos en cuyo caso presentas copia firmada como cuando es general).

Art. 47 CPCCN.

Saludos!

 #177354  por LUHER
 
Doncella_de_Orleans escribió:Hola 123!

Poder General: presentas copia simple firmada por el apoderado.
Poder Especial: presentas el original, pues es especial (para ese juicio, salvo que sea para especial pero para varios actos en cuyo caso presentas copia firmada como cuando es general).

Art. 47 CPCCN.

Saludos!
IDEM en pcia de Buenos Aires Art 47 CPCCBA.

 #177385  por sergiosky
 
en un juicio nunca se acompaña el original del poder general del escribano, ni se reserva en sobre, siempre se adjunta al expediente una copia firmada por el letrado donde manifiesta bajo juramento que la copia es fiel a su original, con eso basta. nunca vi que la contraparte intime a que se presente el original porque se dude de la copia.

 #177622  por 123justicia
 
sergiosky escribió:en un juicio nunca se acompaña el original del poder general del escribano, ni se reserva en sobre, siempre se adjunta al expediente una copia firmada por el letrado donde manifiesta bajo juramento que la copia es fiel a su original, con eso basta. nunca vi que la contraparte intime a que se presente el original porque se dude de la copia.
muchas gracias a todos por sus tan claras respuestas, amplio un poco el poder presentado en realidad, no es en para un juicio, si no es el poder de una persona juridica, para realizar una oferta en una contratacion publica.
como quiero impugnar, una oferta y veo que es simple copia, sin protocolo y sin certificar, me agarrare de esa pata formal, por uno de los extremo de la presentacion.-
entonces que opinan?
gracias.- :oops: :oops:

 #177627  por Doncella_de_Orleans
 
Empezá a correr 123!! jjajajaja

Entonces sí opino que tiene que ser por lo menos copia certificada.

 #177630  por 123justicia
 
Doncella_de_Orleans escribió:Empezá a correr 123!! jjajajaja

Entonces sí opino que tiene que ser por lo menos copia certificada.
jajjaaj una pata siempre es de forma viste.. jaj

 #177708  por gadriana
 
Hola 123. El poder no esta firmado y sellado por el abogado que lo presentó??? De ser así y estar dentro de las facultades la de presentarse para efectuar contrataciones, he visto como prosperan. Peeerooo, si un acobardado funcionario público teme, metele para adelante con la pata formal. Total, el no ya está dado. Y ya sabés como es esto: A Dios rogando y con el lobbie dando :D