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  • ¿Prescribe reclamo de antiguedad anterior a 1988?

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral

 #177306  por DAL
 
La antiguedad corresponde la real.
Respecto a indemnización por los sueldos no registrados no corresponde atento a que solo proceden 2 años antes de la entrada en vigencia de la 24013 ( lo dice la propia ley).
Ojo que se viene la prescripción general (2006 - 2008)

 #177408  por MORGAN
 
Como fue la ruptura del contrato?. Y cuando le reclamó lo que mencionás antes de la ruptura o después?

 #177606  por Hernan Troncoso
 
.....un dia falto, y el mismo dia que no vino, llego un telegrama manifestandose con lumbalgia e intimando a su reconocimiento de ingreso en septiembre de 1985 en lugar de abril 1988, como se encuentra registrada. Al otro dia recibimos noticias que estaba trabajando en otro comercio del ramo y se la intimo a reanudar tareas considerando el abandono de trabajo. Luego de trabajar dos dias en ese comercio, se presento a trabajar nuevamente y al mismo tiempo le fue enviado un telegrama que se consideraba su actitud como abandono de trabajo.

 #178049  por MORGAN
 
En estos casos ni se te ocurra hablar de prescripción, se niega todo y listo.
Por lo que mencionás el/la empleado/a les anotició que se encontraba enferma y Uds. la intimaron a presentarse a trabajar y después la despidieron?. Si es así están fritos vayan juntando la plata para el arreglo.

 #178228  por DAL
 
Coincido!! salvo que le hayan dado alta temprana y registro en el nuevo empleo cosa que DUDO!!!