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  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #161945  por mate
 
Estimados, una empresa de celulares, le envia una carta a mi cliente donde le manifiesta que posee 20 lineas telefonicas a su nombre
Todas eran lineas con tarjeta por lo que el costo fue cero.
A los meses recibe lo mismo pero esta vez con 18 lineas mas.
Se hizo la denuncia penal y luego el reclamo administrativo ante la cia de telefonos y defensa del consumidor.
Ahi se detecta que la manionbra la hacia "alguna persona" que vilmente utilizaba el nombre, y en algun local tercerizado emitia estas lineas a nombre de mi cliente.
Demas esta decir que en defensa del consumidor se ganó obligando a la empresa a cerrar todas las lineas y a que no puedan en el futuro emitir mas a su nombre.
La idea es ahora iniciar un reclamo judicial contra la empresa por dano moral en funcion de no haber hecho los controloes necesarios para emitir las lineas a una persona incorrecta y despretigiar su nombre. Creen que puede prosperar ?
 #161976  por erick222
 
Hola:

No veo ningún inconveniente. Estoy de acuerdo en que inicie una acción de daños y perjuicios por el daño moral de su cliente.

Saludos

 #174598  por estudiopintogb
 
Fijese si, ademas del daño moral, no puede reclamar la multa civil a favor del consumidor, prevista por la nueva ley 26.361, que incorpora el nuevo art. 52 bis a la ley de defensa del consumidor Nro. 24.240.

 #175615  por yotebanco
 
Hola, disiento con estudiopinto pero no porque no corresponda, si no porque la cuestión ya se trató (previo a la modificacion de la 24240 supongo) non bis in idem. Opino que lo del daño moral es una batalla importante y bastante irrelevante económicamente, aunque absolutamente procedente. Saludos

 #177098  por estudiopintogb
 
A mi entender, las multas civiles (lo que en EEUU se denominan comunmente daños punitivos) no son de naturaleza penal, ya que son de naturaleza resarcitoria, no tienen por mision "penar" al ofensor, tienen una mision de resarcir al afectado el injusto cometido, por ello las mismas deberian aplicarse por el efecto inmedito de la ley y aún a las "consecuencias juridicas" de los hechos pasados (art. 3 Codigo Civil). Si es que a ello se refieren con el "non bis in idem".

 #177714  por yotebanco
 
Disculpame entendí que querías pedir daño directo por la reforma de la 24240 (40 bis), por eso dije que el tema ya estaba resuelto. Judicialmente si poías pedir daño moral per igual puede ser una batalla dura con pocas posibilidades deobtener un resarcimiento significativo.
Saludos

 #178103  por estudiopintogb
 
Todo OK, tenes razon, es una batalla bastante dura el tema de la obtencion del daño moral, y en general, no es mucho lo que acostumbran a reconocer.-

 #178581  por "doctoraZA"
 
sobre este punto, les comento tengo un recamo iniciado ante la CNC por sobrefacturacion e incumlimiento de lanes y proociones en contra de telefonica, la CNC todavìa no se expidio, yo quiero saber si cdo l haga puedo por el simple hecho de las vejacunes a la ley 24240 reclamar judiciamente ds yps, reclamos sobre ds basado en esta ley no hice cuales son los presupuestos gracias!!!!! como acredito que e mintieron si la compra delacom`pu se realizi por telefono, ah me olvidaba el daño es sobre la cantidad de meses q esta sin telefono y l q laperjudica en su trabajo.