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  • Accidente laboral - reclamo al empleador

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #177918  por daroberg
 
Hola, tengo un cliente que a raiz de una quemadura en su trabajo debieron amputarle el pie izquierdo, por lo cual la ART, luego de que en comision medica le diagnosticaran un grado de invalidez del 49,8%, procedio al pago de la suma establecida (alrededor de $20.000).-
Mi cliente a raiz del accidente no pudo seguir trabajando y firmo un convenio laboral extinguiendo la relacion laboral percibiendo la indemnizacion correspondiente.
Ahora mi intención y teniendo en cuenta los fallos LLOSCO Y AQUINO, es demandar al empleador por la satisfaccion integral del daño sufrido, ya que mi cliente debio ser intervenido 2 veces, causandole todo esto algunos problemas cardiacos entre otras cosas.-
Mi consulta es si esto es viable ya que el dictamen de comision medica no fue apelado y que mi cliente percibio de conformidad lo pagado por la art.
Aclaro que mi cliente sufre de diabetes y esa es una de las causas por las que la quemadura desencadeno la amputacion del pie...

 #177954  por MORGAN
 
Demandá al empleador y a la ART sin vueltas. Más la indemnización del art. 212 LCT.
 #177985  por DAL
 
daroberg escribió: Mi cliente a raiz del accidente no pudo seguir trabajando y firmo un convenio laboral extinguiendo la relacion laboral percibiendo la indemnizacion correspondiente.
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Que arregló??? que le pagaron??? que transaron????? OJO AL PIOJO!!!!

 #178090  por daroberg
 
Firmaron un convenio con el empleador ante la Direccion Provincial de Trabajo (Entre Rios), manifestando que cobro una suma de dinero en concepto de indemnizacion, SAC, Vacaciones, etc. y manifestando que no tiene nada mas por reclamar, pero hay varios fallos en la provincia que hacen lugar al reclamo judicial por mas que exista convenio laboral firmado, ya que se entiende que hay un vicio en el consentimiento del empleado atento su estado de necesidad. Por lo que no creo sea esto un obstaculo al respecto.

 #178295  por Verónica Marí­a
 
MORGAN escribió:Demandá al empleador y a la ART sin vueltas. Más la indemnización del art. 212 LCT.
el 212 no es por enfermedad inculpable?