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  • desalojo y carta documento c/ la provincia...

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 #176894  por dool
 
GENTE:
tengo una clienta que le alquiló una propiedad a la Prov de Salta (ella es de Santa Fe).-
la Prov está ocupando el inmueble desde febrero de 2008 y nunca le pagó.-
las preguntas son:
hay algún requisito específico para la intimación al pago por carta docum?
hay algún requisito específico al momento de iniciarle el juicio de desalojo?
el contrato se firmó en Salta, allí se tramita el juicio, no cierto?
normalemente hago PREVISIONAL, por eso cualquier cosa que me puedan decir me serviría muchísimo!!!
mil gracias

 #178269  por Charlie
 
A mi criterio, serian competentes los Juzgados Federales, de acuerdo a lo establecido por la ley 48.

De todos modos, seguramente el contrato de locación debe tener alguna clausula en ese sentido.

Por lo demás, se aplican las normas del Derecho Civil en lo referente a las locaciones, salvo en lo referente al plazo mínimo, que no rige cuando el Estado nacional, las Provincias, o los municipios y entes autárquicos sean inquilinos.

Saludos.

 #178432  por dool
 
gracias charlito, como siempre una masaaaaaaaa
cualquier cosa q necesites de previsional y si está a mi alcance no dudes en consultarme!