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 #178452  por vicurt
 
hola: tengo que preparar un mandamiento de secuestro de un amparo de corralito en capital federal.
pregunta: el dinero lo tienen que sacar en efectivo o se puede hacer una transferencia bancaria.?
se alguien tendrían algun modelo de mandamiento para pasarme se lo agradecería mucho.
Saludos

 #178467  por abogado_1987
 
Hola vicurt, modelo de mandamiento más abajo lo tenés que modificar de acuerdo a lo ordenado en tus autos, respecto de " ... pregunta: el dinero lo tienen que sacar en efectivo o se puede hacer una transferencia bancaria.? ... " mandamiento solo efectivo, pero efectivizado el secuestro en horario bancario podes hacer la operatoria que quieras

MANDAMIENTO DE SECUESTRO. El Sr. Oficial de Justicia de la zona que corresponda, se constituirá en el domicilio del BANCO …………….. , sito en la ……………………………………, Ciudad de Buenos Aires, se ordena al BANCO ……………………………….. que contra la presentación del Oficial de Justicia y la exhibición del presente mandamiento, haga entrega a los amparistas……………………………… , (documento nacional de identidad número 4.000000); y …………………………. (documento nacional de identidad número 2.000000000), de la totalidad del saldo remanente de los fondos originalmente depositados en el Plazo Fijo Nº 9 entrega que deberá concretarse en la misma moneda de imposición (dólares estadounidenses) , o bien mediante la entrega de la cantidad de pesos necesarios para adquirir en ese momento , en el mercado libre de cambios , igual cantidad de dolares; ello de acuerdo con las normas que regulaban la operatoria original y en las mismas condiciones que si no hubiera mediado las disposiciones que en autos fueron impugnadas y declaradas inconstitucionales . En el supuesto de que se hubieran realizado extracciones parciales – por cualquier título y medio - , que no se hubieran concretado en la misma moneda de la imposición original , las sumas respectivas deberan ser convertidas a dolares – para ser deducidas del total de la deuda – de acuerdo con la cotización de la divisa en el mercado libre de cambios – tipo vendedor – al momento de realizarse la respectiva extracción . Para el caso de que el remanente resultante tampoco fuera abonado en dolares estadounidenses sino en pesos , se tendra en cuenta la cotización de la divisa americana en el mercado libre de cambios – tipo vendedor – correspondiente al día en que se cumpla la diligencia de embargo y secuestro que se dispuso en autos, cotización que será la que informa el Banco de la Nación Argentina en su pagina Web http://www.bna.com.ar . ------------------------
El Sr. Oficial de Justicia interviniente deberá proceder al secuestro de la suma que corresponda de acuerdo a lo ordenado precedentemente , y se encuentra facultado para acudir al auxilio de la fuerza pública , violentar cerraduras , allanar domicilio y / o el tesoro de la entidad bancaria –con excepción de las cajas de seguridad asignadas al uso de terceros y los cajeros automaticos de las redes Banelco y Link – designándose depositarios de las sumas secuestradas a los amparistas , con las responsabilidades atinentes a ese cargo. La manda no podrá hacerse efectiva sobre fondos del B.C.R.A. (art. 2 de la ley 25.587) ------------------------------------------
Como recaudo se trancribe el ARTICULO 214 del C.P.C.C. “En el mandamiento se incluirá siempre la autorización para que los funcionarios encargados de ejecutarlo soliciten el auxilio de la fuerza pública y el allanamiento de domicilio en caso de resistencia, y se dejará constancia de la habilitación de día y hora y del lugar...” -------------
El libramiento del presente se ha dispuesto los autos caratulados “……………………….. C/ P.E.N. ley 25561 dtos. 1570/01 y 214/02 s/ AMPARO LEY 16.986 s/ inc. art. 258" Expte.N …………/2002, que tramitan ante este Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° …., a cargo de ………………. , Secretaría Civil y Comercial N° …….., a mi cargo, sito en la Calle ……………. , Ciudad de Buenos Aires.
La resolucion que ordena el presente dice: “Buenos Aires, ……. de Marzo de 2008. ……….. Juez Federal “ . Se autoriza al Dr. ………….. (C.P.A.C.F. T , F ) al diligenciamiento del presente mandamiento de secuestro. Dado, sellado y firmado en la sala de mi público despacho, a los ............ días del mes de Marzo de 2008.

 #178601  por vicurt
 
GRACIAS. SOS UN GENIO.

 #178704  por abogado_1987
 
Hola vicurt, de nada ... un placer haber podido dar una mano