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  • Constructora x consumidor?

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #178662  por Estudio juridico
 
Aloha amigos!!! como siempre este fiel servidor tiene una consulta de la que requiere gente inteligente y muy instriuda. Tengo una clienta x incumplimiento contractual en la compra de un depto (falta terminar el 30% de la obra, todo en espacios comunes véase:parrilla, sum, asensores, etc.) He aqui la consulta: Es sabido que podemos ir al fuero civil x incumplimiento contractual, daños, etc. Pero puedo meterlo por defensa del consumidor? Xq de esta manera vamos mas rapido, tengo audiencia rapido y con la modificacion de la ley puedo pedir daño punitivo y toda la torta. Aclaración: el consorcio en conjunto no quiere hacer nada, como siempre hay algunos que se quejan, otros que no y otros que hablan pavadas por que el primo de un conocido de mi sobrino que no veo hace seis meses... es abogado.
salutes!!!. Y a quienes me ayuden, les deseo se ganen el kini 6.

 #179536  por merlina
 
Yo quiero ganarme el Quini 6!!!
tu cliente adquiere un bien en forma en onerosa como destinatario final, para beneficio de su grupo familiar, por lo que encuadra perfecto en la definición de consumidor de la la ley 24240 (art 1)

en el art 2 donde se define al proveeedor, se hace mención a la "CONSTRUCCION" así que por ahora no quedas afuera del ambito de aplicación de la ley.

el tema es que leas bien el segundo parrafo del art 2, el tema de los profesionales liberales, y veas que sucede en el caso concreto. el proveedor es un profesional liberal con matricula?? ojala que no...
 #181499  por Estudio juridico
 
merlina escribió:Yo quiero ganarme el Quini 6!!!
tu cliente adquiere un bien en forma en onerosa como destinatario final, para beneficio de su grupo familiar, por lo que encuadra perfecto en la definición de consumidor de la la ley 24240 (art 1)

en el art 2 donde se define al proveeedor, se hace mención a la "CONSTRUCCION" así que por ahora no quedas afuera del ambito de aplicación de la ley.

el tema es que leas bien el segundo parrafo del art 2, el tema de los profesionales liberales, y veas que sucede en el caso concreto. el proveedor es un profesional liberal con matricula?? ojala que no...
Hola gracias por responder, te cuento que la empresa vendedora es una SA que vende a través de su director. por lo menos es lo que figura en la escritura. Entonces por lo que me decis al principio encuadra bien, tendrás algun que otro fallo?
Mil gracias!
salutes.