Estamos en etapa de conciliacion casi llegando a un acuerdo. El trabajador tiene un embargo en su sueldo por una deuda de tarjeta de credito. El empleador quiere retener de la indemnizacion del trabajador el monto que le faltaria abonar en el embargo por la deuda de tarjeta de credito. Yo creo que la indemnizacion tiene caracter alimentario para el trabajador, con lo cual no deberia retenerse nada en concepto de deudas. Mas aun teniendo en cuenta que lo que se esta reclamando son los rubros indemnizatorios y no salarios adeudados. Al abonar el ultimo mes trabajado se le retuvo la suma del embargo correspondiente al ultimo mes. Espero alguna orientacion. Gracias!!!!
Litigando en Capital Federal y muy pocas veces en Provincia de Buenos Aires