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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #179824  por akademico
 
Colegas, les cuento el caso un hombre con 40 años y 20 de antiguedad en la empresa, en la cual se desarrollaba tarea de imprenta, su tareas eran basicamente de fuerza, mas o menos hace 5 años sufre una lesion trabajando y la ART se hizo cargo de todo, su lesion era lumbar, ahora mismo el empleado sufre una nueva lesion lumbar provocando un enfermedad que segun el medico del Sr. es cronica y fue establecidad por lo años de fuerza que hizo, su empresa denuncia el siniestro a la ART y la mism a ART informa que es un enfermedad inculpable y que no debe nada, ya que la misma es anterior al hecho. Todo esto paso en la provincia de Bs. As. para que sepan la jurisdiccion. Mi pregunta es debe ir o no a la Comision Medica? si va y le dicen lo mismo deberia realizar un daños y perjuicios? ademas esto la traeria discrepancias con su empresa porque yo seguro que planteo la incostitucionalidad de la ley de ART y voy por el 1113? por todo esto lo pueden despedir de su empresa, no? que opinan hacer el Sr. no quiere tener problemas con su empresa, ademas el es el representante gremial de su empresa. espero que con todos estos datos me puedan ayudar. gracias y buena semana para todos.-

 #179952  por Watta
 
Para mí el problema YA LO TIENE con su empresa.

Habrá pensado en perspectiva tu cliente? que si no le reconocen la dolencia, ,el tratamiento lo va a tener que costear él de su bolsillo, y que si encima su labor es "de fuerza", esa labor se va a ver perjudicada incluso pudiendo llegar a no poder cumplir sus tareas?.

En mi caso un cliente mío tuvo un accidente in itinere y se lastimó la espalda, provocándole esta lesión dolores insoportables de espalda (tenía una quebradura rarisima), y la ART se deslindó de cualquier responsabilidad diciendo que era lumbalgia crónica.
Después de demandar por derecho comun impetrando inconstitucionalidad de la LRT, lo despidieron, por lo que ahora se viene la demanda por despido.

Es mi humilde opinión, pero hay veces que, a pesar que el trabajador no quiera arriesgar una situación de aparente "seguridad laboral" por la antigüedad en su trabajo o lo que sea, le conviene a futuro demandar como corresponde.

Un abrazo y espero que alguien evacúe tus dudas mejor que yo.

 #179959  por MORGAN
 
Si no quiere involucrar al empleador podés reclamar vía judicial las prestaciones de la ley de riegos solo a la ART.

 #180345  por akademico
 
gracias por ambas respuestas, vuelvo con una pregunta lo mando o no lo mando a la comision medica? y segundo la empresa es de quilmes, el tipo es de quilmes pero la ART tiene domicilio en Capital, puedo pedir un SECLO?

gracias.-