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  • Poder para sucesión

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 #180467  por Pablo_Flopar
 
Hola! Tengo un cliente que vive en otra Provincia. Quiere que le tramite una sucesión -y a partir de ahí realizaríamos otras acciones-. Por lo que necesita firmarme un poder. Preguntas, estimados y pacientes colegas:

1- El Poder puede ser general -considerando que después de la declaratoria iniciaríamos otras acciones- con cláusula especial para sucesión, o debe ser poder especial.

2- ¿Alguien tiene un modelito para pasarme por e-mail o MP de dichos poderes?

3- El escribano se maneja como los funcionarios del fuero laboral, en el que llevamos todo redactado y el cliente firma, o el escribano es el que redacta.

4 (y última)- Puede hacerlo a través de un escribano de su Provincia, o tiene que ser de la Provincia en la que va a litigar.

Saludos

Pablo

 #180491  por abogado_1987
 
Hola Pablo_Flopar, el poder para tramitar una sucesión tiene que ser especial , el poder se tramita ante un escribano público y de acuerdo a las facultades otorgadas por el mandante, y es indistinto la provincia donde fue otorgado el poder judicial.

 #181086  por Pablo_Flopar
 
Gracias por la respuesta! Una sola cosa no me quedó clara:

¿El poder lo redacto yo o el Escribano?

Saludos y gracias por la paciencia.

Pablo

 #181151  por aleuba76
 
Hola Pablo
El poder lo redacta el escribano, vos si querés, podes decirle al escribano también incluya algunas facultades específicas además de las de estilo para estos casos.
Saludos
Ale

 #181176  por abogado_1987
 
Hola Pablo_Flopar, de nada ... es un gusto para mi haber podido dar una mano

 #181536  por sabrisre
 
El poder lo redacta el escribano, en tu caso deberias pedir un poder general para pleitos, que te habilita a litigar en mas temas con tu cliente.
Tu Cliente es quien debe otorgartelo, que vaya a su escribano de confianza y una vez que lo tenga hecho, que te de a vos el 1er testimonio ( ya que se hace por escritura publica) y con eso ya poder iniciar las acciones que quieras.
Saludos