Colegas, me podrian ayudar a dilucidar si la devolución de las cédulas por requerimientos de la oficina de notificaciones son actos impulsorios o no.
¿En el caso de que la presentación de proyectos de cédulas y su posterior devolución no sean impulsorios se podría plantear la caducidad?
Muchas gracias
¿En el caso de que la presentación de proyectos de cédulas y su posterior devolución no sean impulsorios se podría plantear la caducidad?
Muchas gracias