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  • ejecucion de pagare

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 #179371  por DraNa
 
Hola a todos! me estoy iniciando como abogada y es mi primer ejecutivo, asi que por ahi es medio tonto lo que pregunto, pero...

tengo que ejecutar un pagare, mi cliente me trajo fotocopia de recibo de sueldo del deudor, fue sacada hace 3 meses y no tenia embargos asi que espero que pueda seguir igual.

Mi duda es: si es mejor pedir un embargo preventivo ya en la demanda? o como hago para que el embargo recaiga sobre el sueldo y no sobre otras cosas?

si alguien me puede dar un modelo que incluya el pedido, lo agradezco mucho.

Muchas gracias!!!. :D
Sludos

 #179471  por claudiarf
 
Ya en la demanda prdí el embargo preventivo sobre los haberes. Va a ser más rápido y efectivo.
 #179508  por natyperez
 
[Hola
Como dice Claudiarf pedilo en la demanda: ponele algo así como que conforme averiguaciones realizadas por esta parte, el ejecutado se encontraría trabajando en la empresa........ con domicilio en.............atento ello y a fin de resguardar el crédito reclamado, solicito se ordene trabar embargo sobre los haberes que percibe en la misma. A cuyo fin solicito se ordene librar el despacho de estilo
OJO, PRIMERO TRATA DE TRABAR EL EMBARGO Y DESPUES LIBRÁ EL MANDAMIENTO.
Espero te haya ayudado.
Saludos.
Naty

 #179608  por Dra. noeli
 
aqui va un modelito...

PROMUEVE DEMANDA EJECUTIVA



SUMARIO:
Actor: xxxxxxxxxxxxxxxxxx
Demandado: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
Materia: Ejecutivo
Documentación Acompañada: Bono Ley 8480, Jus Previsional, comprobante de pago de Tasa y Sobretasa de Justicia, fotocopia de documento Nacional de Identidad de xxxxxxxxxxxx, fotocopia de documento Nacional de Identidad de xxxxxxxxxxxxxxx, un pagaré firmado por el ejecutado por $4.615.- (pesos: cuatro mil seiscientos quince), una carta documento Nº xxxxxxxxxxxxxdel Correo Argentino con fecha 1 de Noviembre de 2007, un acuse de recibo de la Carta Documento.


Señor Juez:

xxxxxxxxxxxxxx, por mi propio derecho, con domicilio real en la calle xxxxxxxxxxxxxxxxx, y constituyendo domicilio procesal en Calle Larroque y Camino Negro, casillero xxxxxxxxxxxx, de la ciudad de Lomas de Zamora, donde también lo hace mi letrada patrocinante Dra. xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx(Tº V Fº xxxxxxxxxxxxxxxxx), a V.S. respetuosamente digo:

I. DEMANDADO
Que vengo a promover demanda ejecutiva contra xxxxxxxxxxxxxxxxxxDNI xxxxxxxxxxxxxx, CUIL xxxxxxxxxxxx-9, domiciliado en la calle xxxxxxxxxxxxde la Localidad de xxxxxxxxxxxxxxxxxx, Provincia de Buenos Aires.

II. OBJETO
Que la demanda pretende el cobro ejecutivo de la suma de $4.615.- (pesos: cuatro mil seiscientos quince) proveniente de la deuda suscripta en un pagaré, que se acompaña con sus respectivas copias; todo ello con intereses moratorios y punitorios.

III. COMPETENCIA
V.S. es competente para entender en este asunto en razón de la materia y el domicilio de la parte ejecutada (art. 5 inc. 3° CPCCPBA y art. 43 bis, decreto Ley 1285/58, texto incorporado por Ley 22.093 art. 2°, y sustituido por art. 10 de la ley 23.637).

IV. HECHOS
Con fecha 3 de Febrero de 2007 la ejecutada suscribió un pagaré con cláusula “sin protesto” (art. 50 Ley 5965/63) por la cantidad de $4.615.- (pesos: cuatro mil seiscientos quince) con vencimiento el día 3 de Agosto de 2007 (ver documento que se adjunta).
Dicho pagaré fue librado a mi favor en instrumentación de una deuda que la accionada contrajo con el aquí demandante.
Operado el vencimiento la ejecutada no satisfizo la obligación por lo que, no obstante producirse la mora de pleno derecho, (art. 509 del Código Civil) le envié la carta documento Nº CD908382676 del Correo Argentino, intimándola al pago dentro de los cinco días, bajo apercibimiento de accionar judicialmente (ver copia de CD y el comprobante de recepción) en consecuencia, agotada la vía extrajudicial, ocurro ante V.S. para obtener lo que en derecho me corresponde.

V. DERECHO
Fundo mi derecho en lo que disponen los artículos 518 y 521, inciso 5º ; del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires; artículo 60 del decreto-ley 5965/63 y demás disposiciones concordantes, doctrina y jurisprudencia vigentes.

VI. PRUEBA
a) Documental.- Acompaño la siguiente prueba documental: Bono Ley 8480, Jus Previsional, comprobante de pago de Tasa y Sobretasa de Justicia, fotocopia de documento Nacional de Identidad de xxxxxxxxxxxxxxx, fotocopia de documento Nacional de Identidad de xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, un pagaré firmado por el ejecutado por $4.615.- (pesos: cuatro mil seiscientos quince), una carta documento Nº xxxxxxxxxxxxxxdel Correo Argentino con fecha 1 de Noviembre de 2007, un acuse de recibo de la Carta Documento., haciéndose reserva de la documentación original en la Secretaría y copias en el expediente.
c) Pericial ( en subsidio).- Ofrezco prueba pericial caligráfica para el hipotético caso de que el demandado no reconociese como suyas la firma puesta en el pagaré.

VII. PETITORIO
Por todo lo expuesto de V.S. solicito:
1) Se me tenga por presentado, por parte, por denunciado el domicilio real y constituido el procesal.
2) Por promovida la demanda y por acompañado el título (pagaré) y la carta documento mencionada.
3) Se agregue la documentación acompañada, reservándose la original en la caja fuerte del juzgado, a cuyo efecto agrego las fotocopias que deberán permanecer en estos obrados para ilustración y consulta inmediata de las partes y de V.S.
4) Se ordene por V.S. mandamiento de intimación de pago y citación para oponer excepciones conforme dispone el artículo 540 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires por la suma reclamada, con más la que V.S. presupueste para intereses y costas. Haciéndose constar que mi letrado patrocinante o las personas que este designe se encuentran autorizados a correr con su diligenciamiento
Y, a fin de salvaguardar mi crédito, vengo a solicitar que hasta la suma reclamada con mas la presupuestada por intereses y costas, se ordene el embargo sobre los haberes que por todo concepto perciba el ejecutado en la empresa xxxxxxxxxxxxxxxx Nº CUIT xxxxxxxxxxxxx-0 con domicilio en xxxxxxxxxxxxxxxde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la proporción de ley, a cuyo fin solicito se libre oficio con los recaudos de estilo haciéndose constar que las sumas caucionadas deberán ser depositadas en una cuenta a nombre de estos autos y a la orden del Juzgado, haciéndose constar que la xxxxxxxxxxxxxxxxxxy/o la Dra. xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxy/o quien estos designen, se encuentran autorizadas a correr con su diligenciamiento.
Sin perjuicio de ello, y toda vez que desconozco si el ejecutado posee bienes registrables, solicito se libre oficio al Registro de Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires y al Registro Nacional de Propiedad Automotor, a fin de que informen si el mismo es titular de dominio de algún bien registrable.
5) Oportunamente se dicte sentencia de trance y remate, haciendo lugar a la pretensión instaurada y mandando llevar adelante la ejecución hasta obtener el pago íntegro reclamado mas los intereses y costas, que ...

SERÁ JUSTICIA

 #181441  por DraNa
 
Muchas Gracias por sus respuestas! y... abusando de su buena predisposicion a consultas de principiantes... va una nueva ..
Se que tengo que notificar la demanda al domicilio real, pero.. en la fotocopia de Dni figura uno y al pie del pagaré puso otro como su domicilio (que coincide con el de impuesto que trajo para acreditar el domicilio). Cual tomo como domic. real??

muchas gracias de nuevo

 #181759  por estudiotrejo
 
Hola, primero trata de notificar en el domicilio del titulo, si no se notifica oficia a la policia, camara electoral y registro de las personas y si coinciden con el del DNI manda el mandamiento bajo responsabilidad de la parte actora, con las diligencias de los oficios te cubris de algun planteo de nulidad.
Saludos y suerte

 #212452  por pitu
 
revivo este topic para preguntar en base a que esta determinada la competencia en un ejecutivo por pagare

 #212492  por estudiotrejo
 
En primer Lugar la competencia te la determina el lugar de pago.
si no esta determinado el lugar de pago, el lugar de creacion del titulo.

 #212622  por pitu
 
MUCHAS GRACIAS

 #213350  por LorenaM2008
 
Obviamente que eEstá correcto lo que señala estudiotrejo, pero hay que tener ojo de como se utilizan las notificaciones bajo responsabilidad de la parte actora.
Para trabajar prolijamente, en cuanto a la medida cautelar siempre debe trabarse primero una vez que se ordena, y a no olvidarse de notificar por cédula la traba de la medida cautelar al demandado (igualmente en el proveído que ordena trabar la medida cautelar y librarse las piezas correspondientes,se indica el "notifíquese". Igualmente una vez que diligencies el oficio de embargo sobre sueldo, es conveniente acompañar la copia diligenciada al expediente dejando constancia y solicitando se libren la piezas de notificación correspondiente.
Espero te sirvan los datos... beso