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 #182067  por Catita_1
 
Mi clienta simula una venta de un inmueble que ella esta ocupando.
Se lo vente a su prima, no se por que razon, la escritura se hace a nombre de esta ultima.
La consulta es, mi clienta tiene miedo de que le pase algo a su prima y sus hijos hereden la casa.
Pensaba hacer un escrito donde quedara redactado que la verdadera dueña es mi clienta y no quien figura en la escritura.
La verdad no tengo idea que hacer para que no quede desamparada.
Me olvidaba, se esta pagando cuotas de la propiedad faltando 4 años, asi que el titulo lo tiene el Banco.
Gracias.

 #182222  por Charlie
 
Redactá un contradocumento en el cual conste que la compraventa es simulada, designando el inmueble, la fecha de la operación, la escritura, el monto, y todos los detalles que permitan individualizarlo.

Por las dudas, que un escribano certifique las firmas.

Saludos.

 #182236  por Catita_1
 
Que grande Charlie!!!, tanto tiempo, te mando un beso y gracias.

 #182238  por Grays
 
Hola! El Art. 996 del Codigo Civil establece: "El contenido de un instrumento puede ser modificado o quedar sin efecto alguno por un contrainstrumento publico o privado que los interesados otorguen; pero el contradocumento privado no tendra ningun efecto contra los sucesores a titulo singular, ni tampoco lo tendra la contraescritura publica si su contenido no esta anotado en la escritura matriz, y en la copia por la cual hubiese obrado el tercero". Quizas esto te sirva para aclarar un poco el panorama. Si bien habla de los sucesores a titulo singular, quizas te sirva para orientarte un poco. Saludos.

 #182257  por Charlie
 
Como bien dice Grays, el contradocumento es inoponible a los sucesores singulares, bajo ciertas circunstancias que el artículo enumera.

Pero en cuanto a las partes, y los sucesores universales, que es el caso en consulta, el contradocumento no tiene formalidad establecida. Por lo tanto, puede ser redactado en instrumento público o privado.

Saludos.

 #182448  por abogado_1987
 
Hola Catita_1, este es un tema que siempre me interesó simulación / contradocumento ... pregunto 1. en el hipótetico caso que la titular de dominio fallece ... tu clienta se va a presentar en la sucesión con un contradocumento ? 2. en el hipótetico caso que la titular de dominio le decretan embargos, quiebra, etc ... va a pedir el levantamiento de esas medidas con un contradocumento ? ...

 #185260  por Catita_1
 
Abogado, es un tema muy interesante.
A ver si entendi bien.
Los herederos de quien figura en la escritura, no tienen ningun derecho sobre ese bien.
En el caso de presentarlo en la sucesion, mi clienta presenta el contradocumento y listo.
Me parece que hay algo que no entiendo

 #185572  por abogado_1987
 
Hola Catita_1, pregunto ... la venta simulada se realizó ?. Sino se efectuó, en mi opinión personal yo no aconsejaría un contradocumento, también no entiendo el mótivo de una venta simulada, si podés ampliar sería bueno para opinar.

 #185670  por franchu
 
hola, mi humilde aporte al tema el contradocumento, en una venta simulada es valido si no pue hecho para perjudicar los derechos de un tercero, o en fraude a la ley, por tanto seria valido y oponible a los sucesores universales de quien figura en la escritura como supuesto dueño y a otros sucesores singulares siempre que como dice el codigo no haya sido hechopara perjudicar a la ley o terceros, recominedo siempre hacer todopor escritura pùblica, por la fecha cierta y por las firmas.- saludos

 #185769  por Catita_1
 
Creo que la venta se simulo porque mi clienta tiene deudas y para evitar la ejecucion, compro la casa y la puso a nombre de su prima.
Pero nunca se dejo constancia de nada, ahora preocupada por unos de los hijos de esta prima, quiere hacer un escrito que conste la verdadera maniobra.
Franchu, aparte del art.996 C.C hay alguno oro que se refiera a contradocumentos?
Gracias.

 #185865  por abogado_1987
 
Hola Catita_1, tené presente lo siguiente

960. Si hubiere sobre la simulación un contradocumento firmado por alguna de las partes, para dejar sin efecto el acto simulado, cuando éste hubiera sido ilícito, o cuando fuere lícito, explicando o restringiendo el acto precedente, los jueces pueden conocer sobre él y sobre la simulación, si el contradocumento no contuviese algo contra la prohibición de las leyes, o contra los derechos de un tercero.
Sólo podrá prescindirse del contradocumento para admitir la acción, si mediaran circunstancias que hagan inequívoca la existencia de la simulación.
(Párrafo según Ley 17711)

 #185870  por Sailaw
 
Yo lo que haría es firmar un poder de escrituraciòn, que mencione incluso la entrega de la posesiòn, respecto de una compra venta totalmente abonada, a nombre de tu clienta, incluso en caso de muerte del poderdante, el poder tendrìa valor hasta que se cumpla el objetivo del mandato.

 #186276  por abogado_1987
 
Hola Catita_1, exponés que " ... Pensaba hacer un escrito donde quedara redactado que la verdadera dueña es mi clienta y no quien figura en la escritura..." y ; " ... Creo que la venta se simulo porque mi clienta tiene deudas y para evitar la ejecucion, compro la casa y la puso a nombre de su prima. ... "

tené presente el art 960 del CC

"Si hubiere sobre la simulación un contradocumento firmado por alguna de las partes, para dejar sin efecto el acto simulado, cuando éste hubiera sido ilícito, o cuando fuere lícito, explicando o restringiendo el acto precedente, los jueces pueden conocer sobre él y sobre la simulación, si el contradocumento no contuviese algo contra la prohibición de las leyes, o contra los derechos de un tercero. Sólo podrá prescindirse del contradocumento para admitir la acción, si mediaran circunstancias que hagan inequívoca la existencia de la simulación.
(Párrafo según Ley 17711)

 #187211  por franchu
 
hola catitta_1, el otro art. que te sirve es el 960, lee bien sobre simulacion, por que si es licita ews perfectamente valida.-Saludos