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 #181815  por Nabucodonosor
 
Debo pagar tasa de justicia en juicio ejecutivo por un pagaré.

La tasa se liquida solo sobre el capital (monto del pagare) o sobre el capital y los intereses estimados por el Juez?
 #181842  por Lucero
 
Nabucodonosor escribió:Debo pagar tasa de justicia en juicio ejecutivo por un pagaré.

La tasa se liquida solo sobre el capital (monto del pagare) o sobre el capital y los intereses estimados por el Juez?
Efcetivamente debes integrar la tasa de justicia y debes calcular no solo el capital sino asimismo los intereses hasta la presentación. Saludos

 #182679  por Nabucodonosor
 
Ok. Gracias.-

 #182767  por camoti
 
La tasa de justicia la pagas sobre el monto que denuncias como capital.
La pagas en el momento de iniciar el juicio al igual que la sobretasa. Pero solamente sobre el capital y no sobre los intereses.
Saludos,
CAMOTI.-

 #182788  por ulpiano
 
Ojo, hay que aclarar si es en Capital o provincia. En Capital es con intereses, en provincia solo el capital.

 #182789  por ulpiano
 
Ojo, hay que aclarar si es en Capital o provincia. En Capital es con intereses, en provincia solo el capital.

 #182802  por mtiri
 
ojo en capital si no calculas la tasa adicionando los intereses, muchos juzgados consideran que desistis de los intereses por mas que digas en el objeto que los reclamas.
Ejemplo si tenes un pagare con 2% de comepnsatorios y 1% de punitorios y la tasa la calculas unicamente adicionando al capital el 2%, en la sentencia te van a dar el 2% unicamente por cuante consideran que tu pretension era esa, por no haber calculado el 1% al momento de liquidar la tasa.
saludos

 #182805  por ulpiano
 
Si, algunos juzgados son un desastre. Si los estás pidiendo en la demanda no pueden inferir que desistis. Las renuncias no son tácitas. Te tienen que intimar y listo.